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Congreso: aprueban dictamen que establece reducir multas por no informar gastos en campaña

Dictamen fue aprobado en la Comisión de Constitución con 12 votos a favor, 3 en abstención y 1 en contra.

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29/03/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

¡Atención! Este martes 29 de marzo, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el dictamen que establece la reducción de multas por no informar los gastos efectuados durante la campaña política.

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Actualmente, la ley de organizaciones política señala que si un candidato no reporta sus ingresos y gastos de campaña debe pagar entre 10 UIT a 30 UIT como multa.

El grupo de trabajo, encabezado por la congresista Patricia Juárez (Fuerza Popular), aprobó con 12 votos a favor, 3 en abstención y 1 en contra el dictamen recaído en los proyectos de ley N° 533 N° 823 y N° 1214, “Ley que modifica la Ley N° 28094, Ley de organizaciones políticas para establecer criterios de proporcionalidad en aplicación de sanciones a candidatos por no informar los gastos e ingresos efectuados durante la campaña y conductas prohibidas y propaganda electoral”.

Es menester precisar que uno de los cambios principales es que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá imponer ahora una multa no menor a 1 UIT ni mayor a 5 UIT si es que un candidato no cumple con los plazos establecidos para informar sus gastos e ingresos durante su campaña. Además, el plazo de prescripción tras imponerse la sanción será de un año.

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Ante los casos en que un candidato entregue dádivas o prometa entrega de dineros a sus potenciales votantes, la multa será ahora no menor a 5 UIT ni mayor a 30 UIT. La actual normativa sanciona estas actitudes con 30 UIT.

Asimismo, en caso un candidato cometa nuevamente las referidas infracciones sobre dádivas, con posterioridad a que la sanción de multa adquiera la condición de firme y consentida, el JNE podrá excluirlo del proceso electoral si el monto otorgado a las personas supera las 2 UIT.

Cabe recalcar que el dictamen deberá ser debatida por el Pleno del Congreso para su aprobación final y posterior promulgación por parte del gobierno.

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