
11/04/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 11/04/2025
El Pleno del Congreso dio luz verde, en primera votación, al proyecto de ley que plantea modificar el Código Penal para considerar la amenaza como un delito independiente. La iniciativa, que ahora espera una segunda votación, busca fortalecer la protección frente a actos de intimidación.
¿En qué consiste el dictamen aprobado?
La propuesta incorpora el artículo 151-B al Decreto Legislativo 635, estableciendo sanciones de hasta cuatro años de prisión para quienes incurran en este delito.
Se precisa que toda persona que amenace de manera clara, verificable y sin motivación económica con causar daño a la vida, integridad física, libertad sexual, intimidad o patrimonio de alguien o de sus familiares, será castigada con hasta dos años de pena privativa de libertad.
"Es importante señalar que no es necesario que, finalmente, se cause el mal que se ha proferido, sino que, es suficiente que la persona que haya recibido el anuncio de ese mal, crea que puede ser real, que la amenaza pueda materializarse", se lee en el oficio.
En situaciones agravantes, la sanción se eleva a entre dos y cuatro años de prisión. Esto aplica si la amenaza se realiza con un arma, se transmite a través de medios digitales o escritos, involucra a varias personas, o tiene como víctimas a menores de edad, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad.
Dictamen busca sancionar a quienes intimiden con causar la muerte
Adicionalmente, si el acto se comete usando un arma, se impondrá también la inhabilitación para portar armas de fuego, conforme a lo dispuesto en el artículo 36, inciso 6, del Código Penal.
"El presente proyecto de ley, no genera gasto al Estado peruano. Por el contrario la norma propuesta fortalece la lucha contra el crimen organizado y la inseguridad ciudadana, en beneficio de la persona humana y la sociedad en su conjunto", indica el texto.
El análisis jurídico del dictamen subraya que el nuevo delito busca sancionar a quienes intimiden con causar la muerte o lesiones graves, generando en la víctima un temor real e inmediato por su seguridad o la de su entorno.
Estas amenazas pueden emitirse por cualquier medio (verbal, escrito o electrónico), siempre que sean concretas y capaces de provocar un estado de miedo justificado.
De esta manera, el Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, al proyecto de ley que plantea modificar el Código Penal para considerar la amenaza como un delito independiente.