Congreso aprueba ley que permite a comisión avanzar el proceso de devolución a fonavistas
El Congreso de la República derogó el Decreto Supremo N°090-2021-PCM que impedía a la Comisión Ad Hoc poder operar hasta con cuatro miembros. Luego que el Ejecutivo la promulgue, trabajarán en el cálculo de la deuda, emitir los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derecho (Cerad), así como establecer el cronograma de pagos.
Además, se va a oficializar a los exafiliados que se inscribirán en el padrón mediante la rehabilitada página de la Secretaría Técnica, y proceder con el cobro del dinero que está en otras entidades.
Con 104 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, el Pleno dio luz verde al dictamen del proyecto de ley N°7898 que plantea la eliminación de dicho decreto que obstruía la labor de la comisión y el cumplimiento de esta deuda del Estado.
A través de un texto sustitutorio, la medida también detalla que se usará un nuevo mecanismo para estimar cuánto se le debe a cada fonavista y el monto total, no llegue a lo que alegó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) contra la ley que garantiza la devolución de inmediato.
El Dato: Cabe indicar que la Comisión cuenta con cuatro miembros ya nombrados por parte del Fonavi, pero aun no designan a los integrantes del Ministerio de Economía (2) y la Oficina de Normalización Previsional (1).
“Se está especificando un nuevo modelo para que la deuda no sea 50 veces mayor al Producto Bruto Interno (PBI) de China, como argumentó el MEF en la demanda de inconstitucionalidad presentada en el Tribunal Constitucional (TC). Con este nuevo proyecto no hay excusa para que no se cumpla con la deuda”, explicó el presidente de la Comisión de Economía del Congreso.
De esta forma, se modificará el artículo 3 de la Ley 31173, en el sentido de que la liquidación de aportaciones solo se haga mediante la aplicación del Índice de Precio del Consumidor (IPC) correspondiente al periodo comprendido desde el inicio de las aportaciones hasta la fecha de la devolución.
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◼ Falta la promulgación
La Comisión Ad Hoc podrá empezar a trabajar de manera oficial y aprobar las medidas que crean convenientes y de acuerdo con su plan operativo con una mayoría simple de cuatro votos. Con el decreto se pedía cinco de siete votos (mayoría especial). Para que inicie el proceso solo falta que el Congreso envíe la autógrafa al Ejecutivo y que sea promulgada.