29/12/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 29/12/2023
El congresista de Alianza para el Progreso (APP), Roberto Chiabra León, presentó un proyecto de ley de reforma constitucional que propone que la destitución de los jueces y fiscales supremos corresponda al Congreso de la República y ya no a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
A través de un documento, la iniciativa legislativa establece que el cargo de un juez y un fiscal termina, entre otros motivos, por la destitución dispuesta por el colegiado. Por otra parte, el cese de los jueces y fiscales supremos corresponderá al Parlamento.
"Modifíquese el artículo 107° de la Ley N.° 29277, de acuerdo al siguiente texto: 'Terminación de la Carrera Judicial Artículo 107.- Terminación del Cargo El cargo de Juez termina por: 1. Muerte; 2. Cesantía o jubilación; 3. Renuncia, desde que es aceptada; 4. Destitución dispuesta por la Junta Nacional de Justicia, a excepción de los Jueces Supremos, en cuyo caso corresponderá al Congreso de la República", see lee en el oficio.
Cambios en la elección del presidente del PJ y del Fiscal de la Nación
Del otro lado, el PL plantea la modificación del artículo 158° de la Constitución Política del Perú manifiesta que el cargo de fiscal de la Nación es ejercido por el fiscal supremo titular de mayor antigüedad por un período de tres años, sin posibilidad de reelección.
"Modifíquese el artículo 158° de la Constitución Política del Perú, de acuerdo al siguiente texto: (...) El Ministerio Público es autónomo. El Fiscal de la Nación lo preside, siendo el cargo de más alto nivel de la Carrera Fiscal. Es ejercido por el Fiscal Supremo Titular de mayor antigüedad. El cargo de Fiscal de la Nación dura tres años, sin posibilidad de reelección", escribió.
Asimismo, el dictamen propone la modificación del artículo 144° de la Carta Magna y establece que el cargo de presidente del Poder Judicial (PJ) es ejercido por el vocal supremo titular de mayor antigüedad por un periodo de tres años, sin posibilidad de reelección.
"Modifíquese el artículo 144° de la Constitución Política del Perú, de acuerdo al siguiente texto: (...) El cargo de Presidente del Poder Judicial es ejercido por el Vocal Supremo Titular de mayor antigüedad por un periodo de tres años, sin posibilidad de reelección", agregó.
De esta manera, Roberto Chiabra planteó que el Congreso sea el encargado de la destitución de los jueces y fiscales supremos y ya no a la JNJ al modificar dos leyes.