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¡Atención! Promulgan decreto que obliga a boticas y farmacias privadas a vender medicamentos genéricos

A través del Decreto Supremo N° 005-2024, el Gobierno dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos.

Medicamentos genéricos.
Medicamentos genéricos. (Composición Exitosa)

16/03/2024 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 16/03/2024

El Gobierno de Dina Boluarte ha promulgado el decreto de urgencia que obliga a las boticas y farmacias privadas a vender medicamentos genéricos para la accesibilidad de la población.

¡Importante!

A través del Decreto Supremo N° 005-2024, el cual fue publicado este sábado 16 de marzo, en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se dictan medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población.

"El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias en materia económica y financiera, a fin de garantizar el acceso (disponibilidad y asequibilidad) a medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional en farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud, del sector privado", se lee en la documentación.

Sobre el Decreto Supremo N° 005-2024

De tal modo, precisan que la finalidad de dicha medida es garantizar el derecho a la salud de la población en el actual contexto de la aparición y progresivo aumento de la transmisión de enfermedades a nivel nacional ocasionado por las intensas precipitaciones pluviales que vienen presentándose en el país y la epidemia por dengue.

Cabe mencionar que, según el decreto, las farmacias y boticas de los establecimientos de salud, del sector privado, están obligadas a ofertar los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Listado señalado en la Única Disposición Complementaria Final del referido Decreto de Urgencia. 

Dicha obligatoriedad se circunscribe a aquellos medicamentos que formen parte de la oferta de medicamentos de marca, no implicando la obligación de ampliar dicha oferta.

Además, señalan que las dichos establecimientos están obligados a mantener un stock mínimo del 30% de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos.

"El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del presente Decreto de Urgencia por parte de las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud, del sector privado, constituye infracción administrativa, sancionada con multa de hasta dos (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)", precisan.

Vigencia es solo hasta julio del 2024

Es importante precisar que, un detalle que llama la atención es que el referido Decreto de Urgencia solo tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2024. Este es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, y el ministro de Salud, César Vásquez.

De esta manera, el Gobierno de Dina Boluarte ha promulgado el decreto de urgencia que obliga a las boticas y farmacias privadas a vender medicamentos genéricos para la accesibilidad de la población.

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