RADIO EXITOSA 95.5 FM EN VIVO
Política
Importante

¡Atención! Pleno del Congreso aprueba ley que prohíbe realizar actividades particulares durante el teletrabajo

Con 96 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención, el Pleno del Congreso admitió la ley que prohíbe realizar actividades particulares durante el teletrabajo.

Ley del Teletrabajo.
Ley del Teletrabajo. (Difusión)

31/05/2024 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 31/05/2024

El Pleno del Congreso de la República aprobó una serie de modificaciones de la Ley del Teletrabajo y, entre ellas, destaca la prohibición de que los teletrabajadores puedan realizar actividades particulares durante su horario laboral.

¡Atención!

Con 96 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención, el Parlamento admitió la iniciativa presentada por la parlamentaria no agrupada, María del Carmen Alva.

Asimismo, la ley indica que, si el trabajador no justifica el realizar labores privadas en horario de trabajo, esto constituye una falta disciplinaria grave y el inicio de un procedimiento sancionador.

"Durante el desarrollo de la jornada laboral, el teletrabajador se encuentra prohibido de abandonar el lugar habitual de teletrabajo y de realizar actividades particulares; en este último caso, si las realiza, deberá justificarlas. No presentar la justificación constituye una falta disciplinaria grave, siendo causal para el inicio de un procedimiento disciplinario y posterior sanción, según corresponda, la cual puede disponer la reversión automática de la modalidad de teletrabajo", señala la medida.

Durante la sesión plenaria, la legisladora aseguró que la aprobación de las modificaciones a la mencionada ley permitirá a los teletrabajadores contar con un mejor marco normativo.

"Con la aprobación de esta iniciativa los teletrabajadores contarán con un mejor marco normativo", expresó.

Otros cambios

En esa misma línea, la norma prohíbe que los empleadores descuenten de las remuneraciones del teletrabajador por el tiempo no laborado a causa de cortes de luz o por la fallas en el servicio de internet, los cuales deben estar debidamente acreditados.

"Hay gente que dice no va poder cuidar a su bebé, pero si va a poder. Lo que pasa es que hubo un abuso en el teletrabajo y hay gente que salía de su casa. Una mamá si podrá atender a su hijita. ¿Qué pasa si se te va el internet o se te va la luz? Entonces, ese día no se te va a descontar porque no es un tema tuyo, es de la manzana de tu distrito que se fue la corriente", declaró la congresista Susel Paredes. 

Además, la iniciativa de María del Carmen Alva decreta como obligación del teletrabajador la garantía de las condiciones informáticas y de comunicación para la realización de sus labores. Por otro lado, insta al empleador a que identifique los peligros y evalúe los riesgos laborales a los que se encontraría expuesto su personal a distancia.

De esta manera, el Pleno del Congreso admitió la iniciativa de la congresista María del Carmen Alva, la cual prohíbe que los teletrabajadores realicen actividades particulares durante su horario laboral y, si lo hacen, constituye una falta disciplinaria grave,

SIGUIENTE NOTA