Conductores pueden tener licencia de conducir hasta los 80 años
La edad máxima para ser titular de una licencia de conducir (brevete) de categoría profesional es de 80 años. A partir de los 70 años la obtención, recategorización y revalidación de las licencias de conducir profesionales de la clase A, previa evaluación médica y psicológica favorable de una ECSAL -certificado de salud- se brindará por periodos menores a los determinados en el artículo 18° del Reglamento, en base al siguiente detalle:
Un año a partir de los 70 años hasta los 76 años de edad.
Seis meses a partir de los 76 hasta los 81 años de edad.
Lo dispuesto en el presente párrafo modifica la edad máxima para conducir vehículos dedicados al servicio de transporte terrestre, establecidos en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC -refrendado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones-, y sus modificaciones.
Licencias no profesionales
A partir de los 70 años de edad, la obtención y revalidación de la licencia de conducir de clase A categoría otorgará de acuerdo al siguiente detalle:
Cinco años a partir de los 70 hasta los 75 años de edad.
Tres años a partir de los 75 hasta los 81 años de edad
Dos años a partir de los 81 años de edad.
En ambos casos, al momento de emitirse las licencias de conducir se deberá respetar los límites de edad establecidos bajo norma inquebrantable.
El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Transporte Terrestre, Martin Ojeda Trujillo, confirmó para Exitosa que “la edad máxima para conducir un vehículo de trasporte de carga o de combustible es de 80 años”, sin embargo, eso no impide que el brevete se pueda seguir revalidando o renovando.
“La gente mayor de 80 años que tiene su brevete, pero a partir de los 75 años, los exámenes médicos en los centros son cada 6 meses para evitar un menor riesgo por la salud -porque a esa edad la salud se complica-”, agregó Ojeda.