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Colegios están prohibidos de exigir cuotas ajenas a la matrícula o pensión.

Dichas cuotas sorpresas generarían una inestabilidad en la economía familiar.

indecopi
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13/02/2020 / Exitosa Noticias / Noticias / Actualizado al 09/01/2023

Los colegios están prohibidos por ley, de cobrar a los padres de familia por rifas, sorteos, bingos o las conocidas 'cuotas de comité', por los días festivos, tales como: Día de la Madre, Maestro o Padre, entre otros, declaró el Instituto Nacional De Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

“Cualquier padre de familia puede abstenerse a hacer ese tipo de aportes”, dijo Rodío Llanos, funcionaria de la Comisión de Protección al Consumidor #2 de Indecopi en el programa de la Agencia Andina.

Sobre ello, hizo hincapié en que cualquier tipo de cobro estaría encubriendo un monto de la pensión que no ha sido previsto por los padres de familia, montos llamados cuota sorpresa, debido a que podría generar alguna inestabilidad en la economía familiar.

Asimismo, señaló que los únicos cobros que están autorizados, son los cobros regulares tales como: matrícula -un solo pago anual- y pensión mensual.

Vale señalar que según Indecopi, por medio del Decreto de Urgencia N° 002-2020, publicado el pasado mes en el diario El Peruano, que establece las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la informalidad de las escuelas.