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TC rechaza demanda competencial del Ejecutivo contra la Fiscalía y el PJ por error de Dina Boluarte

El Tribunal Constitucional declaró "inadmisible" la demanda competencia presentada por el Ejecutivo. Dina Boluarte debió enviar una demanda de inconstitucionalidad.

TC rechaza demanda de Boluarte.
TC rechaza demanda de Boluarte. (Composición Exitosa)

23/01/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 23/01/2025

Este jueves 23 de enero, el Tribunal Constitucional (TC) declaró "inadmisible" la demanda competencial del Ejecutivo contra la Fiscalía y el Poder Judicial. Según el TC, Dina Boluarte debió presentar una demanda de inconstitucionalidad y no atribuir un proceso competencial. Por tal motivo, la Presidencia tendrá un corto plazo para corregir su error.

Boluarte cometió error tras demanda competencial, según TC

En la resolución emitida por el máximo órgano interpretativo de la Constitución, se expone que la jefa de Estado designó al presidente del Consejo de Ministros (PCM) interponer una demanda de inconstitucionalidad. Sin embargo, Boluarte Zegarra no autorizó explícitamente al premier presentar una demanda competencial, la cual se realizó y llegó a manos del TC.

Si bien la normativa establece que cualquier demanda presentada por la Presidencia debe tener la aprobación de la PCM, es probable que, en este caso, se hayan malinterpretado los términos. Tal situación se definiría como un error técnico por parte de los abogados del Ejecutivo, quienes deberán subsanarlo en un plazo máximo de cinco días. Caso contrario, el recurso pasará al archivo definitivamente. 

"No existe una autorización expresa de la titular del Poder Ejecutivo para que el presidente del Consejo de Ministros interponga una demanda competencial", se lee en uno de los argumentos del Auto presentado por el TC.

 

TC declaró inadmisible proceso competencial presentado por Boluarte.
TC declaró inadmisible proceso competencial presentado por Boluarte.

Ejecutivo presentó demanda competencial

Fue en mayo del 2024 cuando el Consejo de Ministros acordó, por voto unánime, interponer este proceso competencial contra el Ministerio Público y el Poder Judicial. Dentro de sus argumentos, el Ejecutivo explicó que ambas instituciones estarían afectando el correcto ejercicio de las competencias y funciones de la presidenta.

Esto hace referencia a las investigaciones que se le siguen a Boluarte por los casos en donde estaría vinculada directamente. En tal sentido, PCM evocó al artículo 117 de la Carta Magna, la cual establece que un presidente sí puede ser acusado mientras ejerza su cargo, pero por traición a la patria, impedir elecciones o disolver el Congreso de forma ilegal.

Por lo tanto, el Gobierno indicó que las resoluciones fiscales y judiciales emitidas están relacionadas a hechos totalmente ajenos a lo que se tienen previstos en la normativa. En consecuencia, exhortó al TC pronunciarse sobre "los efectos de su sentencia". 

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No obstante, el Tribunal Constitucional estableció que fue un error por parte del Ejecutivo presentar una demanda competencial, y que en su lugar, lo adecuado sería enviar una de inconstitucionalidad. Por ello, le otorgó un plazo a Dina Boluarte para que rectifique el recurso legal; caso contrario, será archivado definitivamente.

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