Judiciales
Ley de Amnistía

Presidente del Poder Judicial critica pronunciamiento de la Corte IDH: No puede ordenarnos qué hacer

El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, se pronunció ante las declaraciones de la Corte-IDH.
Javier Arévalo sobre Corte-IDH (Poder Judicial)
05-07-2024

El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, se refirió a la reciente aprobación de parte del Congreso a la Ley de prescripción de delitos de lesa humanidad cometidos hasta 2002, también conocida como "Ley de Amnistía"

Sobre ella, el titular jefe de uno de los tres poderes del Estado, señaló que dependerá de la decisión de cada juez en particular si es que es aplicable al caso o no. Además, enfatizó en que la Corte-IDH no puede darle órdenes al ente de justicia peruano.

"Lo que sí les digo es que lo que no puede hacer la Corte Interamericana es ordenarle al Poder Judicial que intervenga en impedir que se promulgue una Ley. La ley se da, si es que la promulgan, y los jueces sabrán si la declaran inaplicable o si alguien la cuestiona en su constitucionalidad", indicó. 

Javier Arévalo respalda independencia de jueces

En declaraciones para la prensa, Javier Arévalo remarcó que deberá ser competencia de cada juez si es que la nueva ley de prescripción de delitos de lesa humanidad es aplicable para el caso en particular. 

Del mismo modo, aseguró que no pudiera dar algún tiempo de inclinación por si debe o no debe ser utilizada, puesto a que cada juez determina su posición frente a la circunstancia. Asimismo, hizo hincapié en la independencia que cada uno de ellos ostenta para tomar sus propios fallos.

"El presidente del Poder Judicial no es jefe de los jueces, no les puede decir hagan esto o el otro porque son independentes. Resuelven como consideran pertinente y también responden por sus decisiones", aseveró el jefe del ente judicial.

En ese mismo orden de ideas, apuntó cuáles serían las opciones tanto para los colegiados como para las personas de a pie que considerasen que la nueva normativa, en caso no sea observada por el Ejecutivo y sea aprobada, sea inconstitucional o rompa con algún derecho. 

"Si un juez considera que esa ley atenta contra la con situación, atenta contra los convenios internacionales, hará uso del control difuso y no la aplicará y por eso no merece una sanción. La segunda opción es que los interesados recurran al Tribunal Constitucional impugnando la constitucionalidad de esta ley", puntualiz´ó.

De esta manera se pudo conocer cuáles fueron las declaraciones del presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, en torno a la Ley de prescripción de delitos de lesa humanidad hasta 2002 y su indicación de cuáles serían las opciones de quienes no consideren constitucional su aplicación.