10/06/2024 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 10/06/2024
El Poder Judicial (PJ) concedió a trámite el recurso de apelación que interpuso la exfiscal Patricia Benavides para revocar la sentencia que archivó la demanda de amparo de la extitular del Ministerio Público con la que buscaba anular las investigaciones preliminares y procedimientos disciplinarios que afronta en la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
PJ admite a trámite apelación de Benavides
A través de su cuenta de X, el PJ dio a conocer que la disposición judicial responde a los artículos I del Título Preliminar, artículo 50 inciso I del Código Procesal Civil y artículo 139° inciso 6 de la Constitución Política.
"Se resuelve: Conceder la apelación con efecto suspensivo que interpone el demandante contra la resolución número quince de fecha 27 de mayo del año en curso, expedida en autos; elevándose los actuados al Superior, con la debido nota de atención, notificándose y oficiándose", se lee en la resolución oficial compartida en sus redes.
Como se recuerda, Benavides pidió que se revoque la sentencia que emitió la jueza Jackeline Tarrillo el último 27 de mayo en la que se anulo todo lo actuado y dispuso el archivamiento definitivo del proceso vinculado a demanda de amparo.
Demanda de amparo de Benavides
La exfiscal Benavides busca, mediante esta demanda de amparo, que se anulen y se declaren sin efecto legal todos los actos en los que hayan participado los abogados Inés Tello y Aldo Vásquez en su calidad de miembros instructores de la Junta Nacional de Justicia. Su argumentación se basa en razones de imparcialidad y decoro.
Sin embargo, la jueza Jackeline Tarrillo determinó que, al momento de interponer esta demanda, no solo no se había agotado la vía administrativa, sino que la exfiscal de la Nación seguía participando activamente, presentando diversas peticiones.
La magistrada destacó que el numeral 4 del artículo 7 del Código Procesal Constitucional establece que los procesos constitucionales no proceden cuando no se hayan agotado las vías previas. Esta disposición restringe el acceso a la tutela constitucional para dar a la administración pública la oportunidad de pronunciarse en el procedimiento original, evitando así el abuso del derecho.
En concordancia con esta decisión, la titular del Sexto Juzgado Constitucional de Lima también dictaminó el pasado 29 de mayo que "carece de objeto" emitir un pronunciamiento sobre la solicitud de medida cautelar hasta que se resuelva el fondo de esta demanda de amparo.
De esta manera, se dio a conocer que el Poder Judicial admitió a trámite la apelación de Patricia Benavides para anular la investigación que afronta en la Junta Nacional de Justicia.