Fiscalía presenta dos demandas de inconstitucionalidad contra leyes aprobadas por el Congreso
Este 6 de enero, la titular del Ministerio Público, Delia Espinoza, presentó dos demandas de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional del Perú por considerar que estas obstruyen el desempeño fiscal y las tareas que le competen, así como vulneran la autonomía de la Fiscalía de la Nación.
"Se trata de la Ley n.° 32107, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra; y la Ley n.° 32130, que fortalece la investigación del delito como función de la Policía Nacional del Perú y agiliza los procesos penales", señaló el Ministerio Público a través de una publicación en su cuenta de X (antes Twitter).
De acuerdo a la fiscal de la Nación, las disposiciones no deben limitar la capacidad fiscal para "actuar de manera contundente" frente a las violaciones de derechos fundamentales, respecto de las cuales "ya existen procesos firmes y aún se desarrollan procesos" en dicha materia.
Contenido de las leyes
De acuerdo a la Ley n.° 32130, la Policía Nacional del Perú "tiene a su cargo la investigación preliminar del delito". De tal forma, la Fiscalía de la Nación apenas podrá "definir la estrategia jurídica", mientras que la PNP se encargará de determinar la estrategia operativa en la investigación del delito.
Por otro lado, la Ley n.° 32107 establece que "nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio del 2002".
Ley de detención preliminar
De igual manera, la fiscal de la Nación criticó que el Poder Ejecutivo no haya promulgado la ley que restablece la detención preliminar en situaciones de no flagrancia. Según señaló, esta medida ralentiza los procesos fiscales y beneficia al crimen organizado.
Como se sabe, a fines del 2024, el Ejecutivo promulgó la ley que deroga la detención preliminar en casos de no flagrancia. Así, la Fiscalía no puede solicitar a los jueces la aplicación de la prisión preliminar a menos que el delincuente haya sido atrapado en pleno desarrollo del delito. Los especialistas señalan que se ha quitado al Ministerio Público una herramienta fundamental en la persecución del delito.
"... nos preguntamos por qué el Poder Ejecutivo no actúa con la misma celeridad con la que aprobó el texto antes mencionado para la Ley n.° 32181. Es una pregunta que esperamos se responda pronto", mencionó Espinoza.
Si bien los parlamentarios hicieron un mea culpa y aprobaron la restitución de la norma (con breves modificaciones), el Ejecutivo no ha promulgado la nueva autógrafa de ley.