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Ministerio Público aclara

Extinción de dominio: ¿Legislación vulnera derecho a la propiedad y la presunción de inocencia?

Carlos Salas Bustinza, fiscal especializado en extinción de dominio, aclaró que la actual ley sobre esta materia no vulnera el derecho a la propiedad. Además, mencionó que tampoco se involucra la presunción de la inocencia.

Ley de extinción de dominio.
Ley de extinción de dominio. (Composición Exitosa)

28/02/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 28/02/2025

En entrevista con Exitosa, el fiscal provincial especializado en extinción de dominio, Carlos Salas Bustinza, resolvió dudas sobre si la actual legislación sobre dicha materia vulnera la propiedad y la presunción de inocencia de un investigado. 

Durante el diálogo con Nicolás Lúcar en Hablemos Claro, el representante del Ministerio Público aclaró que el derecho a la propiedad se da cuando esta se adquiere de manera legal. Además, precisó que dentro de un proceso de extinción de dominio el bien no es ni inocente ni culpable; por lo que, no se contempla la figura de presunción de inocencia. 

"El verdadero derecho a la propiedad es aquel que nace producto de la riqueza originada en el trabajo, no aquel que nace producto de la delincuencia o que habiendo nacido legalmente es desviado a la delincuencia", declaró para nuestro medio. 

¿Qué pasa cuando cambian sentencia de investigado?

Salas Bustinza indicó que cuando un investigado recibe una sentencia absolutoria se tendrá que restituir su derecho sobre la titularidad de la propiedad. En caso el bien ya haya sido dispuesto, se le reintegraría su valor económico.  

Por otro lado, aclaró que el Ministerio Público no es la entidad encargada de administrar estos bienes, sino que estos quedan en manos de una dependencia del Ministerio de Justicia: Programa Nacional de Bienes Incautados. 

"Si el Programa Nacional de Justicia cede en uso temporal el bien, y este es mal utilizado y desmejorado, serán responsabilidades que se tendrán que determinar a nivel del Programa Nacional de Justicia", mencionó. 

Sobre modificación a ley de extinción de dominio

El fiscal provincial indicó que, si el Congreso de la República realice cambios en la Ley de Extinción de Dominio, se procedería con el archivo definitivo de la mayoría de casos de esta materia. "La propuesta normativa establece que para que proceda la extinción de dominio tiene que haber una sentencia firme, (...) eso demora más de 10 años", señaló. 

Salas Bustinza explicó que este proyecto de ley se encuentra en la etapa de segunda votación, la cual se realizaría cuando se reanude la legislatura ordinaria. El fiscal también mencionó que, de acuerdos a las declaraciones de la presidenta del TC, la iniciada acción de inconstitucionalidad tomaría alrededor de 2 meses en resolverse.  

De esta manera, se dio a conocer que el fiscal provincial especializado en extinción de dominio, Carlos Salas Bustinza, aclaró la pertinencia del derecho a la propiedad y presunción de la inocencia en los casos de esta materia. 

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