22/12/2023 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 22/12/2023
La Corte Suprema dejó sin efecto el acuerdo que beneficiaba a violadores que tenían un hijo con su víctima, ello tras los cuestionamientos de la ministra de la Mujer, Nancy Tolentino.
A través de un comunicado, los integrantes del XII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales de la Corte Suprema precisaron que adoptaron dicha medida, luego de que no lograron "aclarar" el sentido del Acuerdo Plenario.
"Considerando que el comunicado publicado horas antes, no ha logrado aclarar y precisar el sentido correcto de lo expresado y resuelto, los integrantes del XII Pleno jurisdiccional de las Salas Penales, en aras de valorar ampliamente el punto materia de cuestionamientos públicos, acordaron dejar sin efecto los fundamentos 50° y 51° del Acuerdo Plenario", se lee en el oficio.
Asimismo, la Corte Suprema dispuso examinar en el próximo Pleno Jurisdiccional, la necesidad de incluir o no los puntos 50° y 51° del Acuerdo Plenario y aseguraron que "siempre" tomarán en cuenta el interés de las niñas, niños y adolescente.
"En esa línea, se ha dispuesto examinar en el próximo Pleno Jurisdiccional la necesidad de incluir o no los puntos en cuestión, ello con el aporte de las opiniones de la comunidad jurídica y nacional, siempre tomando en cuenta el interés superior de las niñas, niños y adolescente", agregaron.
Pronunciamiento de la ministra de la Mujer
En una entrevista en TVPerú Noticias, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino, se mostró en contra del reciente acuerdo de la Corte Suprema que contempla la reducción de condenas para agresores sexuales que tengan hijos con la víctima.
"No podemos justificar con el principio del interés superior del niño. No estoy premiando, no estoy cuidando al niño, estoy beneficiando al agresor y al violentado", expresó.
¿Qué ocurrió?
En el Acuerdo Plenario, publicado el 28 de noviembre de 2023, los jueces supremos apuntaron que la reducción punitiva es aplicable cuando el menor carece de tutor, progenitor o persona a cargo de su manutención, que nadie más pueda sustituir al violador y que el delito no se haya cometido contra el menor.
"La aplicación del criterio convencional de reducción punitiva vinculado al interés superior de los niños, niñas y adolescentes, exige que las variables en juego sean otras. En primer lugar, que exista una familia formada por el sentenciado o la sentenciada y por un niño, niña o adolescente, que haya nacido producto del delito incriminado, o que no tenga otro tutor, o progenitor, o persona a cargo de su manutención", indicaron.
Tras cuestionamientos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Corte Suprema informó que se dejó sin efecto el Acuerdo Plenario que beneficiaba a violadores que tenían un hijo con su víctima.