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CAL presenta demanda de inconstitucionalidad sobre ley de lesa humanidad: "Vulnera derechos fundamentales"

El decano del Colegio de Abogados de Lima, Raúl Canelo, explicó los alcances de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley de lesa humanidad: "Va en contra de tratados y la legalidad".

Colegio de Abogados presenta demanda contra Ley que prescribe delitos de lesa hu
Colegio de Abogados presenta demanda contra Ley que prescribe delitos de lesa hu (EXITOSA)

09/09/2024 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 09/09/2024

En exclusiva para exitosa, el decano del Colegio de Abogados de Lima, Raúl Canelo, dio detalles sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 32107, la misma que "precisa la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de Guerra. Según la congregación que aglomera a los letrados del Perú, esta normativa vulnera derechos fundamentales.

En una comunicación expuesta por la misma entidad, sostienen las razones que los habría llevado a demandar de manera constitucional la nueva norma. En él, hacen mención al Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núrenberg que da precedente de crímenes de lesa humanidad. 

"La demanda interpuesta por el CAL sostiene que la Ley N° 32107 infringe los principios establecidos en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg, un precedente legal internacional que definió las principales categorías de delitos internacionales: crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Estos delitos, que representan un ataque contra la dignidad humana y los derechos fundamentales, deben ser castigados con firmeza, independientemente del tiempo transcurrido", se lee en la misiva. 

La palabra del decano

Para la cabeza del Colegio de Abogados de Lima, toda la normativa está basada en un error. Explicó que hay delitos que son vistos de índole nacional y otros que responden a un ordenamiento internacional sopesado por los acuerdos internacionales a los que está suscrito el Perú.

"Esto parte de un error (...) habíamos dicho que una cosa es el ordenamiento jurídico nacional y en relación al derecho penal, donde sí efectivamente se puede establecer los temas de prescripción. Y que una vez prescrito no aplicaría una sanción por el transcurso del tiempo. Eso está regulado (...) sin embargo estos son delitos de otra naturaleza", suscribió.

Así como en el comunicado, el jurista señalo que los juicios de Núrenberg sentaron un precedente que estableció una cosa de derecho penal internacional y, al hacer que se prescriban los delitos de lesa humanidad, se vulnera este principio. 

"Desde el juicio de Núrenberg, surge la idea de un derecho penal internacional. Ese derecho es especializado, es diferente. Porque si no, no hubieran juzgado de raíz a los críminales de guerra nazi. (...) Por eso se crea todo este derecho penal internacional y el Perú se adscribió a todos estos convenios internacionales que regulan el derecho penal internacional. A estas alturas, no podemos decir que aplicando normas de derecho nacional, en argumento pueden ser correctísimos, pero está violentando es derecho internacional 

De esta manera, el decano del Colegio de Abogados de Lima argumentó los principales motivos que llevaron a que presentaran una demanda constitucional contra la Ley 32107, la misma que "precisa la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de Guerra.

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