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TC verá demanda de Congreso contra Ejecutivo el miércoles 4 de diciembre

Procuradores de ambos poderes estarán frente a frente la próxima semana “esgrimiendo los argumentos”, anunció el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume.
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26-11-2019

Se verán las caras. El presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume Fortini, anunció que la institución que dirige convocará a audiencia pública el próximo miércoles 4 de diciembre para ver la vista de la causa de la demanda competencial interpuesta por el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, contra la medida de disolución del Congreso dada por el presidente Martín Vizcarra.

En la cita, programada para las 9:30 de la mañana, se escucharán los argumentos de los procuradores del Poder Ejecutivo y la Comisión Permanente del Congreso de la República involucrados en el caso.

“Con relación al proceso competencial promovido por el Poder Legislativo contra el Ejecutivo, se ha decidido que la audiencia pública para la vista de la causa se lleve a cabo el miércoles 4 de diciembre a las 9:30 horas, en la ciudad de Lima, ocasión en la que las partes podrán presentar a través de sus representantes o abogados, esgrimiendo los argumentos que a su derecho convenga”, dijo Blume en conferencia de prensa.

El último viernes el Gobierno presentó formalmente su respuesta ante dicho órgano constitucional ante la demanda competencial presentada por Olaechea tras la disolución del Congreso de parte del presidente Martín Vizcarra.

Fue constitucional

El documento fue entregado por el procurador público Luis Alberto Huerta Guerrero, quien explicó que el accionar del Ejecutivo fue constitucional porque el pleno del Congreso rechazó la confianza solicitada por el entonces primer ministro Salvador del Solar.

Ante ello, Olaechea planteó la demanda competencial el pasado 10 de octubre, sustentando su posición en los artículos 109 y 110 del Código Procesal Constitucional.

El documento argumenta conflicto de competencias “respecto del planteamiento de las cuestiones de confianza que formuló el presidente del Consejo de Ministros”.

Refiere que el Ejecutivo “no tiene competencia para realizar pedidos de cuestión de confianza respecto de atribuciones que son de competencia constitucional exclusiva del Congreso”, y que la confianza debe plantearse, debatirse y someterse a votación.