08/11/2019 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
La necesidad que el Banco Central de Reserva (BCR) establezca topes a las tasas de interés abusivas que vienen imponiendo los bancos, afectando a millones de peruanos, hizo ayer el presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros (Acuse).
En diálogo con Nicolás Lúcar y Manuel Rosas, en el programa 'Hablemos Claro' de la plataforma radio-TV Exitosa, el representante de Acuse señaló que es abismal el interés que establecen estas entidades financieras en comparación a las que ellos pagan por poner nuestro dinero en cuentas de ahorros.
“Según cifras de la misma Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), los bancos ganan 7 millones de dólares cada día, captan 74 mil millones de dólares en ahorros y tienen activos totales de 155 mil millones de dólares”, precisó Bustamante.
¿De dónde salen esta lluvia de millones?, se preguntó el titular de Acuse, indicando que es ¡de los intereses abusivos y leoninos de los bancos”.
En este sentido, Gabriel Bustamante cuestionó que un banco te pague el 1.03% por tu depósito en ahorros y te cobre por un préstamo 159.21%: “Lo dice Asbanc y lo dice la SBS, si tú le das 5 mil soles para que te lo guarde (un banco) te devuelve en interés 51.50 soles y si le dicen cuánto me cobras si te pido 5 mil soles, te cobran cerca de 8 mil soles. La tasa es única en América Latina”.
Ante este panorama, el titular de Acuse hizo un llamado al presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Julio Velarde, a que establezca topes máximos a las tasas activas. Invocó a las autoridades correspondientes a tomar este tema que afecta a millones de peruanos y los esclaviza con deudas que no pueden pagar ante las tasas abusivas de los bancos.
EL DATO
Gabriel Bustamante señaló que este abuso lo puede remediar tanto el BCR como la SBS, y sin pedir modificar leyes ya que en sus propias atribuciones se pueden corregir. Al respecto consideró que el BCR en su propia ley existe el Artículo 52 que establece que puede fijar tasas de interés mínimas y máximas para regular el mercado. Igual puede hacer la SBS, en atribución a la Ley N°. 26702, artículo 9.