OPINIÓN | Mario Amoretti: ¿Qué pretenden con una Asamblea Constituyente?
Un desagravio a los héroes “Chavín de Huántar”. Desde mayo 2001 se inició un vía crucis en contra de ellos, un fiscal pidió y jueza decretó en contra de los 142 comandos detención preliminar y fue el general de División ®Jefe de Operativo, encargado de organizar y dirigir a este grupo, el único detenido, pero lo más indignante, es que se dispuso que dicho general fuera internado EN LOS CALABOZOS DE LOS TERRORISTAS y el fiscal concurría a dicha dependencia policial a verificar si se cumplía lo ordenado por la jueza, o sea, si sufría privación de libertad en los calabozos de los terroristas y durante los 5 días detenido, ni siquiera le tomó la generales de ley.
El general Marco Miyashiro era director de Dircote y nos decía que él fue rehén de los MRTA y estaba vivo, gracias a los comandos. En el gobierno de Toledo, los familiares de los terroristas denunciaron ante la Comisión IDH, para que se procese a los comandos por la muerte -extrajudicial- de 3 terroristas.
Fuimos convocados al Ministerio de Justicia para instruir al representante del Estado peruano que fue a Costa Rica y se le hizo entrega de todas las pruebas que demostraban la inocencia de los denunciados; sin embargo, NUNCA LAS LLEVARON, ojalá que algún día conozcamos quiénes representaron al Estado desde el 2011 a la fecha y cómo transaron con las ONG.
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Se plantea, como medida de distracción, un proyecto de ley -inconstitucional- para que se lleve a cabo un referéndum, y a nuestro criterio, es conseguir con esta asamblea, simple y llanamente IMPUNIDAD en sus actos delictivos -que ha sido materia de sentencias condenatorias, corrupción y terrorismo- así como también el archivo de los procesos en investigación; y, cuál es el fundamento, simplemente, lo que declara continuamente Cerrón, que tienen que “tomar el control del sistema judicial”, bajo la elección de jueces por “el pueblo”, adiós meritocracia; y, estos nuevos jueces accederán a los pedidos de revisión de sentencias condenatorias, basado en “nuevas pruebas”, serán absueltos.
Igualmente, en el caso de los investigados por dichos delitos, se archivarán las investigaciones. Otra “distracción populista” es la inconstitucional e ilegal “castración química”, por lo siguiente, afecta la dignidad de la persona (artículo 1 de la Constitución), se incurre en el delito de lesiones graves (inciso 2 del artículo121 del CP (...) hacer impropio para su función un órgano.
El delito de violación sexual “(...) obliga a una persona tener acceso carnal (introducción del miembro viril) por la vía vaginal, anal o bucal o REALIZA OTROS ACTOS ANÁLOGOS INTRODUCIENDO OBJETOS O PARTES DEL CUERPO POR ALGUNAS DE LAS DOS PRIMERAS VÍAS (...), si existen otras formas de violar, con la castración química no funciona y es muy costosa.
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