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OPINIÓN | Dr. Edhín Campos Barranzuela: “Nuevos jueces en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial"

Palacio-de-Justicia-Exitosa
10-08-2021

El viernes 06 de agosto se realizaron en Lima las elecciones para renovar el cuadro directivo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el periodo 2021 - 2023.

En esta oportunidad se eligieron democráticamente a los representantes de los jueces titulares especializados y los jueces superiores de todo el país, recayendo la responsabilidad en los doctores Gustavo Álvarez Trujillo y la Dra. Jessica Vanessa Medina Jiménez, de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y Sullana.

De la misma forma, los letrados a través de su Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados eligieron al Dr. Vicente Paul Espinoza Santillán y reemplazará al Dr. Manuel Castillo Venegas.

De conformidad con lo dispuesto en Decreto Supremo 017-93-JUS, el CEPJ es el órgano de dirección, gestión y de gobierno de ese poder del Estado y asume la dirección administrativa de los organismos jurisdiccionales. De conformidad con el marco normativo vigente, se encuentra integrado por los siguientes miembros:

El presidente del Poder Judicial, quien lo preside y tiene voto dirimente.

Dos jueces supremos titulares elegidos por la Sala Plena.

Un juez superior titular en ejercicio elegido por los presidentes de las cortes superiores de justicia.

Un juez titular especializado o mixto.

Un representante elegido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados.

Para la designación del miembro de los jueces especializados titulares eligen a un representante por cada distrito judicial, los que se reúnen para elegir entre ellos al juez que integrará el CEPJ.

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Un hecho particular y que viene siendo cuestionado por la comunidad jurídica, es la forma y modo de elección del representante de los jueces titulares, pues a diferencia de los magistrados especializados que eligen a sus propios representantes, los jueces superiores lo tienen que hacer por representación de los presidentes de Corte y esto debe cambiar, toda vez que el candidato merece ser escuchado y además votar por el candidato que considere conveniente y que no se delegue la elección a su presidente de corte, pues se tienen casos que los propios candidatos, pese a haber sido elegidos en sala plena, el titular de la Corte Superior no vota por él, lo que ocasiona disgustos, desasosiego y rivalidades.

Otro aspecto importante, que se debe tenerse en cuenta para la reforma de la LOPJ, está referida a la representación que deben tener los jueces de paz letrado titulares, pues ellos también forman parte de la carrera judicial y no es posible que los jueces supremos, superiores y especializados tengan representación y los jueces de paz no la tengan.

En consecuencia, la modernización del Poder Judicial requiere de una gestión por resultados, de consolidar la meritocracia, de propiciar un gobierno de puertas abiertas y de un gobierno electrónico, y para cumplir con ese cometido, necesitamos que sus representantes ante el CEPJ trabajen por un mejor bienestar de los magistrados de todas las instancias, en donde el valor público sea la característica de la gestión pública.

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