10/04/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
Cuando se pregunta a quienes propician el cambio integral de la Constitución, por sus motivaciones para ello, con frecuencia contestan porque les falta derechos, que son indispensables para el desarrollo de la persona humana. Avanzando un poco más se inquiere sobre los derechos que faltan y, en forma iracunda contestan que falta el derecho al agua, que falta el derecho a Internet y luego ya no saben que más contestar.
En realidad, suena muy bien, pero tener todos agua potable es imposible por la cantidad de poblados minúsculos que hay en el país y, en cuanto a Internet por la ausencia de servicio que llegue hasta los poblados más alejados.
No entienden los propulsores del cambio, que la Constitución es el instrumento legal que ordena al Estado y a la Nación y que, al ser un conjunto de normas entrelazadas, tienen que ser todas cumplidas y que, si se ponen deseos que no se podrán realizar, simplemente se está estafando a las personas que por su menor versación hacen apreciaciones fuera de lugar y, peor aún, imposibles de cumplir.
Muchas constituciones, además de normas positivas para ser cumplidas y, por cierto, para que los ciudadanos también puedan exigir su cumplimiento, contienen metas por alcanzar, lo que no está mal, dado que a ellas se puede llegar progresivamente y no necesariamente de golpe y de inmediato. Hay otras constituciones que, además de metas, señalan buenos propósitos, diríamos mejor: sueños, como el precepto contenido en la peruana respecto al derecho “a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. Suena lindo, por supuesto, ¿pero se puede alcanzar ello? La respuesta para los creyentes es que sí, pero en la vida celestial y no en la terrestre.
No somos los peruanos los únicos soñadores, sueños encontramos hasta en los tratados internacionales de los que somos parte, como por ejemplo el artículo 25 de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, que establece que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios, tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia...”
Palabras más, palabras menos, el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece lo mismo. Como advertimos son sueños, nos quieren inducir a pensar que tenemos derecho a la felicidad y a acceder a ella, lo que sabemos es imposible y tampoco lo puede garantizar norma constitucional ni convencional. La famosa Alicia estaba en el “país de las maravillas”, pero sabemos que ello no existe en nuestro globo terráqueo, por lo que nuestras pretensiones constitucionales deben ser realistas. No queremos sueños que nos lleven a tristes pesadillas, solo realismos que podamos mejorarlos.
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