27/01/2019 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
Con el fin de facilitar los procesos para el acceso a información pública que provenga de la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de este ente recaudador.
Según explica el Decreto Supremo 020-2019-EF publicado ayer en el diario oficial El Peruano, el DS 110- 2018-PCM ratificó el procedimiento administrativo “Acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control”.
De acuerdo a ello, el solicitante que requiera la información deberá abonar solamente el importe correspondiente a los costos de reproducción de la información requerida, debiendo figurar el monto de la tasa en el TUPA de cada entidad de la Sunat, de las que se van a pedir información.
Ante ello, resulta necesario modificar el TUPA de la Sunat, a fin de actualizar la denominación del Procedimiento Administrativo N° 175, establecer el derecho de tramitación de dicho procedimiento.
Ante todos estos considerandos, el MEF aprobó el derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento Administrativo N° 175 que se detalla en el TUPA de la Sunat. Asimismo, modificó el TUPA para que se realice la aplicación del referido procedimiento que es requerido por usuarios.
El TUPA se basa en porcentajes del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que para el 2019 asciende a S/ 4,200.