MEM busca que los consumidores paguen menos por el balón de gas
A fin de establecer precios competitivos a favor del consumidor final en la compra de los balones de gas de 10 kilos, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) presentó un proyecto de Decreto Supremo que establece modificaciones al reglamento para la comercialización y seguridad del Gas Licuado de Petróleo (GLP), materia prima del balón del gas.
La iniciativa establece diversas disposiciones, entre ellas, que las empresas titulares de plantas envasadoras inscritas en el Registro de Hidrocarburos estarán obligadas a reportar ante el Osinergmin el volumen de los ingresos (compras y transferencias) y egresos (ventas y transferencias) realizadas durante el mes.
Para ello, el Osinergmin dispondrá la forma cómo debe ser entregada la información, la cual debe ser presentada dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al declarado.
Precisa además que la venta de GLP a establecimientos que no se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Hidrocarburos “queda terminantemente prohibido” para el distribuidor de GLP a granel.
Instalarán GPS
La norma también apunta a contar con mayores herramientas de trazabilidad, de manera que se incluye la presentación de información y la instalación obligatoria de GPS en las unidades de transporte por parte de los distribuidores de GLP a granel.
“Los distribuidores instalarán GPS y solo despacharán a establecimientos inscritos y habilitados en el Registro de Hidrocarburos”, refirió la cartera.
En cuanto a materia de seguridad, se realizan precisiones respecto a los sistemas de protección contra incendio e implementos de seguridad en las plantas envasadoras y en el transporte de GLP.
En lo referido al transporte, se exige que las unidades de transporte de GLP a granel deban presentar un Plan de Contingencia que permita afrontar la ocurrencia de emergencias durante el traslado del combustible.
El dato
- El proyecto prepublicado por el MEM recibirá comentarios y sugerencias hasta el 15 de febrero de 2019.
- Cuando ingrese en vigencia dicha normal, el Osinergmin debe aprobar un cronograma para que los agentes de la cadena de comercialización del GLP se adecúen a las nuevas disposiciones.