Independientes con ingresos hasta S/ 3,208 exceptuados de pagar el IR
Como parte de las disposiciones tributarias de fin de año, la Sunat dispuso que los trabajadores independientes, denominados como de cuarta categoría para emitir recibos por honorarios, no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), siempre que sus ingresos mensuales no superen los 3,208 soles.
Además, están comprendidos aquellos profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de Cuarta y/o Quinta Categorías, y que el total de lo percibido en el mes no supere 2,567 soles.
Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 225-2020/Sunat, se establecieron los nuevos montos debido al incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de 4,300 soles en el 2020 a 4,400 para el año 2021.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categorías, durante el 2021, no superarán los 38,500 soles, podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del IR, según la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
En el caso de los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, podrán pedir la suspensión no superen los 30,800 soles. Si en ambos casos supera el monto, el contribuyente deberá efectuar el pago.