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Empresarios pueden sacarle la vuelta a Ley de Fusiones

Economista Guido Pennano asegura que los grandes estudios de abogados serán los grandes beneficiarios en próximos meses.

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23/11/2019 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Beneficios para algunos. Según el economista Guido Pennano Alisson, los más “felices” con el decreto de urgencia emitido por el Gobierno para el control de fusiones empresariales en el país “son los grandes estudios de abogados dedicados al rubro”.

En entrevista con el programa 'Exitosa Perú', que conducen José Rocha y Manuel Rosas en la plataforma radio televisivo de Exitosa, el especialista analizó la medida gubernamental y aseguró que no todos saldrán beneficiados con el decreto.

“La norma para controlar las fusiones empresariales entra en vigencia en agosto de 2020, que señala que se podrán fusionar las empresas con ganancias individuales de 495 millones de soles al año. Las empresas tienen 9 meses para fusionarse y le sacarán la vuelta a la ley. Los que se benefician acá son todos los estudios de abogados que se dedican a hacer fusiones y adquisiciones, que están en contra de este dispositivo que les parece está mal”, comentó.

Monopolios

“Las empresas quieren tener posiciones monopólicas o casi monopólicas porque en el Perú, en el mundo, esto está controlado, es contra esto que hay que luchar y hay que defender a las empresas que salgan a competir pero cómo van a crecer si se les impide fusionarse”, agregó.

Pennano Alisson aseguró que la norma de fusiones no alcanza a otras empresas que tienen un mercado “especial”, porque es “imposible desarrollar” y duplicar estos servicios como el de los concesionarios viales.

“Hay monopolios naturales que por sus características propias no tienen competencia. Aunque para mí este decreto de urgencia es un 'engañababas', porque solo dura cinco años y después todos felices y contentos”, subrayó el economista.

El Dato

Cabe indicar que la aplicación del Control Previo de Fusiones regirá desde agosto de 2020 y tendrá una vigencia de cinco años, aunque Indecopi -como entidad reguladora del procedimiento- podrá decidir si la vuelve de carácter permanente.

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