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Elecciones | ¿En qué caso se puede presentar una dispensa para no ir a votar?

Si estás embarazada, formas parte del grupo de riesgo o tienes COVID-19, debes solicitar esta exoneración ante el JNE. Conoce en qué casos se aplican.

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dispensa para no votar

10/04/2021 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Las Elecciones Generales 2021 están a la vuelta de la esquina y las autoridades ultiman detalles para su desarrollo. Sin embargo, hay ciudadanos que no podrán votar y deberán presentar una dispensa para no ser multados ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), siempre y cuando cumpla ciertas condiciones.

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Grupo de riesgo: Personas entre 65 y 70 años o que padecen enfermedades determinadas. Los adultos mayores de 70 años no están obligados a ir a votar.

Sospecha o casos de COVID-19: Las personas que, por presentar una temperatura superior a 37.5ºC, se vean impedidos de ingresar a los locales de votación. Esta causal también es válida en caso de presentar el virus.

Fallecimiento de un familiar: Puede ser el cónyuge o parientes hasta con segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos). El hecho debió ocurrir el mismo día de las elecciones o dentro de los cinco días previos.

Discapacidad física, mental, sensorial y/o sensorial.

Embarazo y lactancia: Esta última solo es causal de justificación, mas no de dispensa.

Robo o pérdida del DNI: Solo en caso de que el hecho haya ocurrido el día de la elección o dentro de los 10 días previos.

Otros casos: Labor de índole electoral o servicios esenciales, defectos en el sistema electoral, desastres naturales, viajes y prisión.

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¿Dónde hacer el trámite?

El trámite podrá efectuarse a partir del lunes 12 de abril, a través del Sistema de Dispensa Virtual del JNE. Para ello, deberás realizar el pago por derecho de trámite en el Banco de la Nación: S/23.40 si no cumpliste como miembro de mesa, S/23.60 si no votaste y solo se cancelará el monto menor en caso de ambas omisiones.