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El MEF incrementa a S/ 4,200 valor de UIT desde el 1 de enero

Con nuevo monto de referencia tributaria quedan exceptuados de Impuesto a la Renta las personas que acumulen ingresos menores a los S/29,400.
mef
19-12-2018

El Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tri­butaria (UIT) para 2019, que será de S/ 4,200 y que servirá como índice de referencia en las normas tributarias. En­trará en vigencia el próximo 1 de enero.

Hay que recordar que la UIT, cuyo incremento es de S/ 50, pues actualmente es S/ 4,150, es el monto de referen­cia utilizado en las normas tributarias para mantener en valores constantes las bases imponibles, deducciones, lí­mites de afectación y demás aspectos de los tributos.

También podrá ser utiliza­da para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales.

Con esto, las personas que durante el 2019 acumulen ingresos que no superen los 29,400 soles no pagarán Impuesto a la Renta ese año, pues dicho monto equivale a las 7 UIT que están libres de pagar ese tributo.

El tributarista José Verona sostuvo que durante el 2018 la UIT tuvo el valor de 4,150 soles, pero el MEF, median­te decreto supremo, decidió subir el monto a 4,200 soles desde el primer día del próxi­mo año, con lo cual las 7 UIT libres de Impuesto a la Renta pasan de 29,050 soles (2018) a 29,400 soles (2019).

“Ahora se le aumenta en 350 soles el monto de libre dis­ponibilidad sin impuestos a los trabajadores, debido que son 7 UIT de ingresos al año sin pagar impuestos”, afirmó.

José Verona también seña­ló que se incrementa en 150 soles el monto para deducir consumos en restaurantes y gastos con recibos por hono­rarios, porque son 3 UIT de deducción adicional para gastos formales, que te per­miten no pagar impuestos.

Permisos y licencias

Asimismo, el especialista tri­butario explicó que el incre­mento del valor de la UIT “tie­ne implicancia en permisos y licencias en municipalidades; multas de Indecopi, Osiptel, Osinergmin, Sunafil y Sunat, así como autorizaciones y per­misos de concesión para em­presas mineras y agrícolas”.

José Verona señaló que se­gún el Código Tributario, la UIT es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias y es una herramienta financiera que sirve como punto de referen­cia para que el Estado pueda determinar la escala de mul­tas e impuestos en el Perú.

La UIT ha venido evolucio­nando en forma ascendente en los últimos años, actual­mente es de S/ 4,150 soles (2018), en 2017 fue S/ 4,050; S/ 3,950 (2016); S/ 3,850 (2015); S/ 3,800 (2014); S/ 3,700 (2013), y S/ 3,650 (2012).

Índice de cálculo

La UIT, como valor de referen­cia e índice de cálculo para las normas tributarias, es modificada cada año para que esté acorde con la in­flación en un determinado período y otros factores ma­croeconómicos suscitados en el periodo.

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