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Disponen reprogramación de créditos por 6 meses

DAN FACILIDADES. La SBS facultó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción para que los deudores cumplan con el pago de sus créditos.
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18-03-2020

Los deudores, personales naturales y empresas, que se vean afectados por el estado de emergencia adoptado por el coronavirus, ya pueden respirar tranquilos. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) facultó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción a fin que den facilidades a estos deudores.

Es así que la SBS emitió el Oficio Múltiple N° 11150-2020-SBS por el cual se faculta a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción frente brote del Covid-19. Dichas medidas serán determinadas por cada entidad luego de evaluar el nivel de impacto sobre su portafolio de deudores.

De acuerdo a ello, las empresas del sistema financiero podrán modificar las condiciones contractuales de las diversas modalidades de créditos de manera general sin necesidad de contactar a cada cliente de manera individual, sin que esta modificación constituya una refinanciación (ni un deterioro en la calificación crediticia de los deudores).

Ello en la medida que el plazo total de los referidos créditos no se extienda por más de seis meses del plazo original, y que a la fecha de la declaratoria de emergencia los deudores se encuentren al día en sus pagos. Aquellos clientes que no requieran acogerse a esta medida de excepción deberán comunicarse con su entidad.

En la mañana de ayer, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, adelanto de esta medida que se iba a adoptar entre la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) y la SBS.