Desde hoy se puede solicitar la devolución de impuestos
Aquellos trabajadores independientes (cuarta categoría) y dependientes (quinta categoría) que hayan pagado su Impuesto a la Renta (IR) del 2018 podrán presentar su solicitud de devolución de impuestos por gastos adicionales que hubieran realizado durante el año pasado.
La solicitud de devolución puede realizarse desde hoy 18 de febrero mediante un formulario de la Sunat (Formulario Virtual N° 707 - Renta Anual 2018 - Persona Natural) y el monto máximo de la deducción de impuestos es de 3 UIT, equivalente a S/ 12,450.
Los trabajadores independientes deberán presentar su declaración jurada anual de impuestos del ejercicio del 2018 y solicitar mediante el citado formulario la devolución de IR pagado en exceso. En tanto, los trabajadores independientes solo estarán obligados a presentar su declaración jurada en caso cuenten con la deducción por el pago de intereses en un crédito hipotecario distinto a los del Fondo MiVivienda.
Lista de deducciones
De acuerdo a la Sunat, los gastos deducibles para el año 2018 abarcan cinco sectores siendo el primero de ellos los créditos hipotecarios. Es decir, se considerará como deducción el íntegro de los intereses pagados durante el año 2018, correspondientes a un crédito hipotecario otorgado por una entidad del sistema financiero, para la adquisición o construcción de la primera vivienda.
La deducción incluye los intereses de créditos Mivivienda y Techo Propio, sin embargo, es preciso recordar que el Gobierno derogó de la lista de deducciones este rubro, por lo que la deducción por los créditos hipotecarios solo se podrá efectuar hasta este año.
De igual manera podrá pedir devolución de impuestos por los honorarios profesionales de médicos y odontólogos. Es decir, podrá deducir el 30% del pago a médicos y odontólogos por el cuidado de su salud, de sus hijos menores de 18 años, de hijos mayores de edad con discapacidad o su cónyuge en la parte no reembolsable por seguros.
También figuran los servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría. Usted podrá deducir el 30% de lo que le pagó durante el 2018 a alguna de estas trece profesiones: abogado, analista de sistema y computación, arquitecto, enfermero, entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y TV, ingeniero, intérprete y traductor, nutricionista, obstetra, psicólogo, tecnólogo médico y veterinario.
Asimismo, podrá solicitar la devolución de impuestos si vive en un inmueble arrendado. Usted debe exigir que le entreguen el pago del 5% del IR y este aparecerá automáticamente en formulario. Finalmente, se considera gastos deducibles a las aportaciones a EsSalud del trabajador del hogar, siempre que haya sido pagada mediante el Formulario N° 1676.
El dato
Luego de iniciar el trámite de las devoluciones, la Sunat tiene 45 días hábiles para responder a la solicitud y emitir el monto de devolución, el cual será en el mes de abril de 2019.