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Cooperativas de ahorro mueven S/ 11 mil millones

SBS publicó reglamento para una adecuada supervisión y fiscalización de estas unidades, cuyo número puede superar las 650 a escala nacional.

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19/12/2018 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

A partir del 1 de enero hasta el 31 de marzo del próximo año (por un plazo de 90 días), las cooperativas del país deben registrarse en la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para su adecuada supervisión y fiscalización.

Para tal fin -mediante Resolución SBS 4977-2018- este ente publicó ayer el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito, con el fin de contar con cálculos exactos sobre el total de cooperativas que operan en el país.

Sobre el tema, el superintendente adjunto de Cooperativas de la SBS, Carlos Basso, estimó que estas entidades de ahorro y crédito que brindan información a la SBS y AFP manejan un fondo aproximado de S/ 11,000 millones entre depósitos y colocaciones de sus asociados.

Según el funcionario, este grupo de cooperativas se estima en 150; no obstante, el universo calculado de cooperativas en el país podría superar las 650.

Precisamente, esa es la razón de la resolución emitida por la SBS que mediante la reglamentación busca tener los cálculos exactos sobre el total de cooperativas que operan en el país. "Todas las cooperativas están obligadas a inscribirse. Las que no lo hagan no podrán seguir operando bajo ningún concepto", manifestó el funcionario.

Vencido el plazo de 90 días, aquellas Coopac o Centrales que no hayan cumplido con solicitar su inscripción estarán impedidas de seguir operando. Para el caso de las Coopac que se constituyan con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley -después del 1 de enero de 2019- se dispone que deberán solicitar su inscripción en el registro dentro de los 20 días hábiles siguientes a su inscripción en Registros Públicos.

Más facilidades

La norma, que ha sido desarrollada por la SBS, busca que sea de fácil acceso para las COOPAC a nivel nacional; sencillo de completar; y que, aprovechando la tecnología de la información, esté debidamente interconectado con el Estado, a fin de no requerirles aquella información que pueda ser obtenida de otras entidades tales como la Sunat o la Sunarp.

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