22/03/2023 / Exitosa Noticias / Economía / Actualizado al 22/03/2023
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió, por mayoría, la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República, en la que se cuestionaba la Ley 31173, que garantiza el cumplimiento de la ley sobre la devolución del dinero del Fonavi a los trabajadores; y determinó que no se entreguen los aportes totales a los fonavistas.
Solo aportes de fonavistas
El Pleno estableció que los beneficiarios solo deben ser acreedores de los aportes que realizaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), pero no de los efectuados por parte de sus empleadores, incluidos el Estado y otros.
Inconstitucionalidad
El TC declaró fundada la inconstitucionalidad de los artículos 4, 7 y la primera disposición complementaria final de la ley 31173; asimismo, el inciso b del artículo 2, en el extremo que dispone "y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros"; y en lo relacionado a que se permita incluir a personas que hayan resultado beneficiadas de los recursos del Fonavi de manera directa o indirecta.
Lo mismo sucedió con el artículo 6, en el extremo referido a la transferencia a la Comisión Ad Hoc de la administración de entidades que se conformaron con los recursos de dicho fondo.
De igual manera, el citado tribunal exhortó al Poder Ejecutivo y Legislativo para que, en estricta cooperación en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen las medidas necesarias para permitir que se continúe con el proceso de devolución de los aportes a los contribuyentes al Fonavi.
Reducen monto
Es importante mencionar que los trabajadores aportantes al extinto Fonavi demandaban que se les devuelva el total de las contribuciones, que ascienden a los S/ 42 000 millones, según estimaciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Sin embargo, tras la mencionada sentencia, ahora solo se tendrán que devolver cerca de S/6 000 millones, reduciéndose así - de gran manera - la deuda del Estado.
¿Qué fue el Fonavi?
El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) se creó en 1979, con el objetivo de facilitarle a los aportantes el acceso a una vivienda digna. Este se daba por medio de una retención obligatoria de un porcentaje del sueldo de los trabajadores y de un pago de los empleadores.
Los recursos recabados eran usados para construir viviendas y otorgar préstamos concesionales de vivienda que eran sorteados entre los aportantes. Sin embargo, pocos se vieron beneficiados.
En 1998, se cambió de nombre a Impuesto Extraordinario de Solidaridad, esta iniciativa se mantuvo tres años más. Los reclamos de los fonavistas se dan en el marco de que el Fonavi no era un impuesto, sino una contribución, hasta ese año.
Es así que, a la fecha, se conoció la decisión del Tribunal Constitucional en torno a la devolución de dinero a los fonavistas, donde se determinó que solo se les entreguen los aportes que hicieron al Fonavi y no los realizados por los empleadores.