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CTS 2024: ¿Hasta qué fecha puedo recibir el depósito y qué hacer en caso no lo perciba?

Los trabajadores de régimen privado deberán recibir el monto de Compensación por Tiempo de Servicios a más tardar el próximo 15 de noviembre. Conoce qué hacer en caso exista un incumplimiento con el pago.

Depósito de CTS
Depósito de CTS (Andina)

14/11/2024 / Exitosa Noticias / Economía / Actualizado al 14/11/2024

En noviembre, los trabajadores formales de régimen privado en el Perú tienen el derecho a recibir el segundo depósito de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), lo que equivale al 50 % de un sueldo regular, aproximadamente. Este beneficio laboral tiene como objetivo brindarle al empleado una defensa financiera en caso pierda su trabajo, garantizando así un monto de urgencia para mitigar su situación de desempleo.

Asimismo, es importante resaltar que las empresas privadas tienen un tope de tiempo para efectuar el depósito de la CTS: este culmina el 15 de noviembre. Vale precisar que el trabajador solo recibirá la remuneración completa en caso haya trabajado para la misma empresa entre los meses de mayo y octubre, caso contrario el beneficio laboral será menor, tomando en cuenta los meses de labor ofrecida.

¿Qué pasa si no me depositan?

El incumplimiento de la norma es considerado una infracción grave por parte de la empresa en falta y puede generar severas sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). En caso uno no haya recibido el depósito que le corresponde, es recomendable generar un reclamo formal a la empresa.

Si esta no cumple con sus obligaciones, el trabajador debe presentar su denuncia en la Sunafil, adjuntando por escrito los datos necesarios, como el periodo no remunerado, el nombre del empleador, etc. Una vez adjuntada las pruebas y evidenciando que no ha recibido su CTS, la entidad adscrita del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) enviará inspectores laborales para certificar el cumplimiento de la empresa, así como las medidas correctivas respectivas.

"¡Atención empleadores! No depositar íntegra y oportunamente la CTS, no efectuar el pago de dicha compensación o hacer el depósito en una entidad bancaria distinta a la elegida por el trabajador califica como una infracción grave", establece el Gobierno del Perú a través de su plataforma oficial.

Retiro de la CTS

Como se recuerda, el Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley n.° 32027, que habilita a los trabajadores a la libre disposición de la totalidad de su CTS. Dicha norma aplica hasta el 31 de diciembre del presente año. Es decir, un empleado formal puede ejercer el retiro de su dinero hasta fin de año.

Para ello y dada la habilitación, uno puede ponerse en contacto con su entidad financiera o, incluso, redirigir su dinero hacia su cuenta personal desde el aplicativo móvil de su banco.

Así, los trabajadores deberán recibir el depósito del monto correspondiente a su Compensación por Tiempo de Servicio a más tardar este 15 de noviembre.

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