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OPINIÓN | Mario Amoretti: "¿Quién nos defiende?"

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12/12/2019 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

ANTE EL INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, FEMINICIDIOS, ASESINATOS, ROBOS AGRAVADOS E INSEGURIDAD CIUDADANA, ¿quién nos defiende?

Es increíble cómo nos enteramos de que las más altas autoridades del país se encuentran involucradas en hechos delictivos, tan indignantes, porque atentan contra el patrimonio del Estado y lógicamente de todos nosotros, dinero que bien podría haber sido utilizado para la construcción de hospitales, colegios, medicinas en los nosocomios donde impera la necesidad por la carencia de lo más urgente y vital, para salvar vidas.

De acuerdo a nuestro ordenamiento procesal, iniciada una investigación, es procedente que la Fiscalía o procuraduría solicita el embargo en forma de inscripción sobre el o los inmuebles que hubiere adquirido a su nombre el imputado, debiendo precisar que existe el artículo 97 del Código penal y el artículo 15 del Código Procesal Penal; señalan en forma expresa que si el investigado transfiere sus bienes con la finalidad burlar el pago de la reparación civil, dichas transferencias son nulas. La pregunta que nos hacemos es ¿por qué no se recurre a estos dispositivos?

Lo más lamentable es el aumento de feminicidios; sin embargo, se han dictado leyes incrementando las penas, medidas de protección a favor de las mujeres que son víctimas de agresiones de parte de sus parejas o quienes lo fueron en un determinado momento; pero se presenta lo siguiente, que algunos fiscales y jueces no aplican lo previsto para sancionar al autor o en los casos que los jueces disponen que la policía las proteja y comprobamos que en algunas oportunidades este pedido llega a la policía cuando la víctima ha sido asesinada o en otros casos, la policía no cuenta con personal para dar cumplimiento a lo ordenado por el juzgado.

Respecto a los robos con resultado de muerte, que muchas veces el autor no quiso producir, la ley sanciona hasta con cadena perpetua; mientras que los homicidios más horrendos hasta con una pena máxima de 35 años, es decir, nuestros legisladores, en la que verificamos la carencia de técnica jurídica, pues no existe racionalidad ni proporcionalidad, entre ambas figuras delictivas, motivo por el cual debe legislarse de acuerdo a dichas principios.

Consideramos que en algunas oportunidades malos policías, fiscales o jueces otorgan libertad a delincuentes, como es en los casos de quienes participan en la falsificación, usurpación de inmuebles, para luego venderlos a otras personas o constructoras, basados en que son adquirientes de buena fe, no se puede accionar contra ellos, sin tener en consideración que muchas veces son integrantes de una organización criminal; sin embargo, ninguna de las referidas autoridades los incluyen como tales, originando impunidad en agravio de los verdaderos propietarios.

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