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OPINIÓN | Mario Amoretti Pachas: Atentado contra la dignidad de los abogados y personas que asisten como clientes

Ante las evidentes violaciones al derecho, defensa y secreto profesional, que le asiste a todo abogado, es urgente y necesario el pronunciamiento del Colegio de Abogados.
Colegio-de-Abogados
12-07-2019

Es inaudito e inaceptable, bajo todo punto de vista -moral, jurídico- etc., el punto 3 de la resolución dictada por el juez Dr. Juan Carlos Sánchez Balbuena, por atentar contra derechos fundamentales de los abogados y lo más lamentable contra los clientes que se encuentren o lleguen de visita a un estudio en los que ilegalmente se ha ordenado un allanamiento e incautación de bienes o documentos sin tener la condición de investigados; y lo más grave que tenga relación con el delito materia de investigación o los que el transcurso de la incautación se puedan investigar.

3: “De igual manera, señala las siguientes diligencias a practicar durante el allanamiento requerido: registro del inmueble, incautación de todos los bienes y documentación, que de forma directa o indirecta tenga vinculación con los delitos que son materia de la presente investigación o los que en el transcurso de esta se puedan determinar y el REGISTRO PERSONAL DE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN PRESENTES EN EL INMUEBLE O QUE LLEGUEN POSTERIORMENTE”.

Consideramos que es un atentado contra la dignidad de las personas, porque de ninguna manera un juez, aun cuando lo pida el fiscal, que en algunas oportunidades sus pedidos son ilegales -como en este caso concreto- porque el artículo 1 de la Constitución como garantía y respeto a los derechos fundamentales, señala: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Resolución que no la podemos aceptar, porque disponer el REGISTRO PERSONAL A LOS CLIENTES QUE ESTÁN EN EL ESTUDIO Y A LOS QUE LLEGUEN, es un grave atentado a la dignidad de las personas.

Asimismo, disponer la incautación de bienes y documentos que se encontraren en el estudio de un abogado, sin tener la condición de investigado, es improcedente, pues de acuerdo al debido proceso, se le notifica al tercero en una investigación para que entregue documentos o bienes relacionados con el delito materia de investigación y si existe negativa, se ordena allanamiento e incautación, sobre lo solicitado. Pero, disponer esta medida e inclusive de toda la documentación o bienes, que no tenga relación con el delito, para ver si pueda existir la posibilidad de que en el transcurso se pueda investigar.

Ante las evidentes violaciones al derecho, defensa y secreto profesional, que le asiste a todo abogado, es URGENTE Y NECESARIO el pronunciamiento del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, la Junta Nacional de Decanos de Abogados del Perú, las facultades de Derecho de todas las universidades del país y de la Comunidad Jurídica, verificando una ENÉRGICA PROTESTA, por el agravio que se viene ocasionando ante resoluciones ilegales.

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