OPINIÓN | Gabriel Bustamante Sánchez: Denuncia contra la ONP y SBS ante la Defensoría del Pueblo
Transcribo correo electrónico enviado a la Defensoría del Pueblo el lunes 03.10.22. Informaré respuesta:
“Soy Gabriel Bustamante Sánchez con DNI 07399154, 48 años en Seguros y Defensa del Consumidor. Presido ACUSE - Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros.
Conduzco un Programa en EXITOSA PERÚ los sábados de 11 a 12m y los martes y jueves tengo una Secuencia “Estás Seguro” desde las 10.30 am.
La mecánica de nuestras participaciones es abrir los teléfonos y atender las consultas de los consumidores y usuarios.
Hoy 03.10.2022 me reuní en su oficina principal de Lima con el Dr. Segundo Arce, del Área de Orientación al Ciudadano.
Denuncié que los representantes de la ONP y de la SBS se niegan rotundamente a concedernos una entrevista en EXITOSA PERÚ para absolver una serie de denuncias que nos trasladan los oyentes y televidentes. El Sr. Walter Borja, de la ONP, se ha negado a asistir y la representante de la SBS ha dicho textualmente al Área de Producción “Por el momento NO daremos entrevista sobre el tema (de Pensiones)”.
Comprenderán ustedes que los temas por consultar son imprescindibles y de imperiosa resolución de estas 2 Instituciones, cuyos titulares perciben sus remuneraciones con los impuestos que les deducen a los peruanos. No nos parece justo, por tanto, que eludan dar la cara para una entrevista, ya sea por Zoom o en persona.
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En el caso de la ONP he presentado nuestro reclamo en el Libro de Reclamaciones el día 23.09.2022 y que ha sido numerado con el 12vc32m1. El de la SBS ha sido denegado el jueves 29.09.2022 a la Srta. Kerly Nieva de Producción del Canal.
Solicito la intervención de la Defensoría del Pueblo señalando, entre otros, la sentencia del Tribunal Constitucional del 11.10.2018 Expediente 0012-2018-PI/TC donde se lee: “El Defensor del Pueblo afirma que las democracias modernas requieren que el Estado se comunique con los ciudadanos para que estos conozcan las políticas públicas diseñadas a su favor, las aprovechen y evalúen...”. También rescato lo siguiente: “...la libertad de expresión constituye una garantía institucional de todo sistema democrático, por lo que es imprescindible que nuestra sociedad cuente con condiciones que posibiliten un debate público, plural y abierto sobre asuntos de interés general”. “...una forma de limitar la libertad de expresión es a través de la censura indirecta, es decir, por medios de restricciones arbitrarias del ejercicio de dicha libertad a través de mecanismos que, con una apariencia de legitimidad, tienen como verdadero propósito, condicionarla. Este tipo de censura se encuentra prohibida por el artículo 13, inciso 3, de la CADH”.
Solo para una muestra (de tantas que existen) requerimos que la ONP empiece a otorgar DE OFICIO las Pensiones Proporcionales dado que ellos cuentas con las Resoluciones que antaño rechazaron por no tener el Aportante 20 años de cotización sino menos; entonces ellos saben los periodos de aporte y pueden, repito, De Oficio, empezar a resolver y pagar las Jubilaciones Proporcionales.
Con la SBS no nos explicamos por qué difunden desinformación sobre el Sistema de Pensiones, favoreciendo indirectamente a las AFP.
Adjuntamos tuit que hemos denunciado y que, como podrán observar, ponen una aclaración con Letra Chiquita, una vulneración que ellos como Ente Rector deben combatir. Quedo atento a sus prontas noticias”.
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