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OPINIÓN | Edhín Campos Barranzuela: Nuevo Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

Es importante precisar que debe existir una agenda judicial de trabajo para el bienio 2019 - 2021.

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27/08/2019 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

Bastante preocupación ha causado en predios judiciales, la inesperada declinación del virtual representante de los jueces superiores titulares, Dr. Gonzalo Zabarburu Saavedra, ante la presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, lo que ha permitido su inmediata aceptación y que se convoque de manera inmediata a los 35 presidentes de Cortes Superiores de Justicia del país, para una nueva elección de su representante.

Según se ha dejado entrever, pueden ser muchas las causas de la dimisión del presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y esta coyuntura es interesante para poner sobre el tapete un tema bastante oportuno, sobre la forma de elección de su representante, sus funciones, atribuciones y responsabilidades que tienen los consejeros al interior del Poder Judicial.

El Consejo Ejecutivo es un órgano de gestión y dirección del Poder Judicial y tiene una serie de facultades, dentro de las cuales se encuentra la de proponer ante la Sala Plena de la Corte Suprema, la política general del Poder Judicial y aprobar el plan de desarrollo, fijar el número de jueces supremos, determinar el número de salas especializadas, aprobar el proyecto de presupuesto, velar por el respeto de las atribuciones y garantías del Poder Judicial, crear y suprimir distritos judiciales, entre otras importantes atribuciones.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está conformado por el presidente del Poder Judicial, dos jueces supremos, un juez superior titular, un juez titular especializado y un representante de los Colegios de Abogados.

Para la elección de sus candidatos los jueces supremos, los jueces especializados y los abogados, eligen entre ellos a sus representantes, sin embargo, el artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece una forma de elección, “poco democrática”, por decirlo de alguna manera, para los jueces superiores.

La norma precisa que para la designación del juez superior titular, cada Sala Plena de las Cortes de Justicia elegirá un candidato y los presidentes de Cortes Superiores, mediante sufragio directo, elegirán a su representante del CEPJ.

La elección del representante de los jueces superiores ha sido convocada para mañana miércoles, en donde los 35 presidentes de Cortes Superiores de Justicia del país elegirán al que reemplazará al Dr. Augusto Ruidíaz, quien ha realizado una loable gestión.

Por lo pronto, es importante precisar que debe existir una agenda judicial de trabajo para el bienio 2019 - 2021 y, entre otros proyectos, los nuevos consejeros se deben avocar a defender la autonomía e independencia del Poder Judicial, a la homologación de los haberes de los magistrados de todo el país, a la defensa gremial del juez, tan golpeado por la coyuntura política que se vive, así como también a consolidar las reformas penales, civiles y laborales, contribuir para la pronta elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, coadyuvar para la institucionalización del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia y escuchar a los jueces del Perú, quienes son los convidados de piedra en toda esta “reforma judicial“.

Estas propuestas realizadas pueden ser viables o no en la presente coyuntura, sin embargo, permite plantear algunas consideraciones, que pueden ser materia de implementación por los nuevos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.