OPINIÓN | Dr. Edhín Campos Barranzuela: "Más allá de los 70 años"
Por: Edhín Campos Barranzuela
Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia Nacional Penal Especializada.
Bastante preocupación ha causado en la comunidad jurídica y la opinión pública nacional la propuesta de Anteproyecto de Ley mediante el cual permite la permanencia en funciones de los jueces titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República que hayan cumplido la edad límite prevista en la Ley de la Carrera Judicial, hasta que el juez titular reemplazante nombrado por la Junta Nacional de Justicia tome posesión del cargo.
Este anteproyecto propone que los señores jueces de la Corte Suprema de Justicia que cumplan con la edad límite de 70 años, prevista en la Ley Orgánica de la Carrera Judicial, tengan la posibilidad de permanecer en el ejercicio de la función jurisdiccional hasta que un nuevo juez titular de la misma jerarquía sea nombrado por la Junta Nacional de Justicia y asuma el cargo y de esta manera se evitaría incrementar la provisionalidad en la más alta instancia del Poder Judicial.
Además, se precisa que por las recargadas labores y ocupaciones la Junta Nacional de Justicia aún no ha iniciado la convocatoria de los concursos públicos de méritos para las plazas vacantes de jueces supremos y hace prever que los reemplazos correspondientes no llegarán de forma inmediata y, por el contrario, transcurrirá un periodo hasta que se cubran dichas plazas por los jueces titulares.
El presente anteproyecto ha generado una serie de discrepancias al interior de la propia judicatura nacional, los señores abogados y también profesionales ligados al sistema nacional de justicia.
De acuerdo, artículo 65 inciso 2 de la Ley de la Carrera Judicial, establece que son jueces provisionales aquellos jueces titulares que ejercen un cargo de manera temporal en caso de vacancia, licencia o impedimento al nivel superior inmediato, por lo que para ser promovidos deben cumplir los mismos requisitos para ser juez titular.
Si bien es cierto existe una alta provisionalidad en el Poder Judicial y el Ministerio Público, es tarea de la Junta Nacional de Justicia convocar a concurso público de méritos de selección y nombramiento, así como de ascenso, para que poco a poco se disminuya la provisionalidad en la judicatura nacional.
No cabe duda que todos los jueces envejecen, todos los magistrados necesitan una nueva oportunidad, todos los magistrados necesitan un descanso, todos los jueces en algún momento deben cesar en la función jurisdiccional y todos los jueces son seres humanos que necesitan ser tratados con igualdad de condiciones laborales en la judicatura peruana.
Es importante precisar que existen buenas intenciones en el anteproyecto para que los jueces titulares supremos permanezcan en sus cargos, hasta que la JNJ convoque a concurso público de méritos, pues todos son magistrados eficientes, capacitados y probos que han entregado toda una vida en el Poder Judicial; sin embargo, es también importante darle oportunidad a esa nueva hornada de magistrados con sangre joven, que podrían brindar igual o mejor servicio en la administración de justicia.
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