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OPINIÓN | DR. EDHÍN CAMPOS BARRANZUELA: Geolocalización del imputado en el Perú

Sin duda, la vigencia del Decreto Legislativo 1322 tiene la intención de producir un serio descongestionamiento de los establecimientos penitenciarios.
geolocalización
11-06-2019

El progresivo hacinamiento de los establecimientos penitenciarios en el Perú, constituye un problema de larga data y que los diferentes regímenes de turno han pretendido solucionar sin éxito alguno.

Es que a decir verdad, hoy hablamos de reforma política, de reforma judicial, educativa, energética y hasta petrolera, sin embargo, no es usual hablar de reforma penitenciaria.

Este 26 de abril, se han cumplido un poco menos de tres años, desde la puesta en vigencia del Plan Piloto de la Vigilancia Electrónica Personal en la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin de disminuir los altos niveles de hacinamiento en las diferentes cárceles del país.

Sin duda, la vigencia del Decreto Legislativo 1322 tiene la intención de producir un serio descongestionamiento de los establecimientos penitenciarios y además constituye un interesante avance en el sistema, que desde luego no se debe abandonar.

A decir, de diferentes expertos, la vigilancia electrónica personal o el uso de grilletes electrónicos, tiene por objetivo que solo las personas procesadas, sentenciadas y condenadas con beneficios penitenciarios, pueden hacer uso de ella y para tal efecto para los condenados, la pena efectiva se cumplirá con arresto domiciliario y con el uso de dispositivos GPS, para la ubicación del imputado.

Ahora, que hablamos de digitalización del expediente judicial, la carpeta fiscal virtual y las notificaciones electrónicas, también es importante hablar de la geolocalización de las personas procesadas y sentenciadas, que de alguna manera se les pueda monitorear a través de un dispositivo, para saber cuáles son las actividades que están realizando. Esta cadena de comunicación tecnológica permitirá saber el origen, el destino, la ruta, la hora, la fecha y su ubicación de la persona sometida a proceso judicial, a fin de que no evadan la acción de la justicia.

Indudablemente, ello no garantiza que el propio procesado o sentenciado, pueda o no cometer delitos, pero servirá para la identificación, localización y geolocalización a través de los equipos de comunicación que llevará consigo, los mismos que serán monitoreados por un equipo de profesionales del Instituto Nacional Penitenciario, Ministerio de Justicia, Ministerio Público y el Poder Judicial.

A la fecha, tenemos una población carcelaria de 85,500 presos, cuando los penales solo tienen una capacidad instalada para 30,000, lo que significa que tenemos 55,500 internos privados de su libertad que no tienen espacio.

A decir verdad, la geolocalización de los procesados como sentenciados, no es la panacea para prevenir, proteger y resocializarlos, pues pese a tener conocimiento de su ubicación, origen, destino, ruta, hora y fecha de su desplazamiento, nada inhibe que puedan cometer delitos, es por ello que se hace necesario realizar una campaña masiva de prevención y sensibilización para evitar la reincidencia y tengamos que pensar nuevamente en la idea que para combatir la delincuencia y el crimen organizado, es necesario construir más establecimientos penitenciarios. Se corre traslado.