OPINIÓN | Carlos Jaico: policía de corazón
Con estas palabras terminó su carta de despedida el S3PNP Elvis Miranda, quien abatió a un delincuente en una persecución policial, antes de ser conducido a la cárcel para cumplir con los 7 meses de prisión preventiva ordenada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones de Piura.
El drama de este miembro de las fuerzas policiales y su familia, pone en discusión el tema del uso de armas de fuego por la Policía en su lucha contra la delincuencia. En estos casos, la legislación aplicable (D.L. 1186 y D.S. 012-2016-IN) ha sido pensada para evitar el uso excesivo y arbitrario de la fuerza pública. La razón evidente es que la ley no puede promover pistoleros con el gatillo fácil, capaces de hacer justicia con sus propias manos. Esto pondría en peligro la vida de los ciudadanos y afectaría la necesaria confianza en la institución policial.
Sin embargo, no se puede negar que el Perú atraviesa una época en que la delincuencia y el crimen organizado han aumentado en número de bandas criminales, capacidad letal -con armamento de guerra- y peligrosidad. Todo esto usado sin mediar advertencia, personas ni lugar. Como consecuencia, numerosos policías han perdido la vida persiguiendo delincuentes que no dudaron en disparar para continuar con su fuga.la
La abstracción jurídica de esta legislación pretende que en ese pequeño espacio de acción, el policía sea capaz de analizar una serie de factores que, al final, sólo ponen su vida en peligro. Se le obliga prácticamente a enfrentarse al delincuente al estilo del lejano oeste, y ver quién desenfunda primero. Valdría la pena recordar que en una persecución, el policía no puede saber si el delincuente está armado o no. Esto sólo se sabrá, luego de los hechos, con el peritaje respectivo. Y bien es sabido que el delincuente en su fuga lo primero que hace es deshacerse de su arma.
Frente a esta situación, la legislación se ha quedado petrificada en el tiempo y va en contrasentido al desproteger al policía, reforzando la temeridad del delincuente. Así, las fallas de la ley se usan más en ventaja de la criminalidad. La contradicción es que el policía termina siendo un presunto culpable y el delincuente un presunto inocente.
En ese sentido, Legislativo y Ejecutivo deben asumir que, a la par de la responsabilidad del policía, la ley no puede tratar al delincuente como siendo incapaz de discernir la peligrosidad de sus actos. Él debe saber que su actividad criminal conlleva riesgos, los cuales debe asumir plenamente.