Boletas de pago podrán ser validados vía firma digital
Los documentos sobre pago de remuneraciones y beneficios sociales (boletas de pago, liquidación de utilidades, entre otros) pueden ser suscritos por los empleadores mediante el uso de la firma digital u otro tipo de firma electrónica, señaló ayer el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Así lo establece el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, y sus modificatorias. El portafolio que tiene que ver temas laborales, dijo que, excepcionalmente, durante el periodo de aislamiento social obligatorio (cuarentena) dichos documentos podrán ser suscritos a través de la firma escaneada.
Afirmó que tratándose de remuneraciones o beneficios sociales que se paguen a través de entidades del sistema financiero mediante depósito en cuenta, los empleadores pueden poner a disposición del trabajador los respectivos documentos aplicando las tecnologías de la información y comunicación.
Ello siempre que el medio utilizado garantice la constancia de la emisión del documento por el empleador y un adecuado y razonable acceso por parte del trabajador.