(Vídeo) Reparto de canastas termina en violenta balacera en el Callao
Indignante. Personal de la municipalidad del Callao reportó, durante la noche del miércoles 15 de abril, que un individuo amenazó a a una de sus compañeras para que le entregara más canastas. El violento suceso se registró cuando estos trabajadores municipales, acompañados personal policial y del ejército, estaban realizando el empadronamiento y la entrega de los víveres.
“¿Como van a traer solo 200 canastas para 1250 lotes? Han cogido un padrón de hace más de 40 año, cuando nosotros tenemos un padrón actualizado de todos los lotes”, comentó un vecino.Según testimonios de los vecinos de Puerto Nuevo, la zona en mención, la entrega de canastas se realizó por lotes, sin embargo, en alguna de estas casas de la localidad vive más de una familia.
El reclamo se realizó de forma violenta, desatándose una balacera para exigir la entrega de más canastas.La tanda de disparos obligó a las Fuerzas Armadas, al personal de la comuna y Pedro López, alcalde del Callao, a replegarse varias cuadras para poder escapar de la balacera. No obstante, la municipalidad aseguró haber entregado alrededor de 900 canastas antes de que suspendieran el evento y huyeran para evitar ser alcanzados por un proyectil.
Horas después, efectivos policiales se apersonaron al lugar de los hechos para intervenir a los causantes del conflicto, quiénes impidieron que se realice la entrega de miles de canastas destinadas a familias vulnerables, en el marco del estado emergencia decretado para mitigar el impacto del covid-19.
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Multa
Las personas que incumplan las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorias dispuestas por el Gobierno recibirán multas que oscilarán entre los S/. 86 y los S/. 430 dependiendo de la gravedad de la falta cometida.
El decreto legislativo, aprobado por el Poder Ejecutivo para sancionar el incumplimiento de las medidas dispuestas para frenar el avance del Covid-19, precisa que los montos de las multas a aplicarse serán desde 2% de la UIT hasta el 10% de la UIT.
Serán consideradas infracciones pasibles de una multa el circular por la vía pública para desarrollar actividades económicas no consideradas esenciales, así como no contar con el respectivo pase personal laboral o movilizarse sin mascarilla.
También se sancionará por circular en un vehículo de uso particular sin autorización o desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales y religiosas de aglomeración.
Es importante destacar que también serán multadas aquellas personas que se movilicen en pareja o con más un miembro por familia para la adquisición de víveres o medicinas.
De igual manera, se multará por no respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formar aglomeraciones en los establecimientos y por rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía o de las Fuerzas Armadas.
Trámites civiles
El decreto establece que el infractor que no cumpla con el pago de la multa será impedido de realizar trámites civiles tales como la suscripción de cualquier tipo de contrato, trámites ante entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), y realizar viajes al exterior.
La norma otorga al Ministerio del Interior cinco días hábiles para aprobar el monto de las multas a imponer por cada infracción cometida, así como su tipificación, el proceso sancionador y los mecanismos para la ejecución coactiva de las multas impagas.