10/03/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
La llegada del coronavirus (Covid-19) al Perú está generando que las instituciones del estado evalúen nuevas medidas para que las labores de los ciudadanos no se vean afectados. Así toma fuerza el teletrabajo.
Este martes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral” mediante la Resolución Ministerial N° 055-2020-TR.
Una medida preventiva para evitar la propagación del Covid-19 en los centros de trabajo. En tal sentido, los empleadores podrán acordar con los trabajadores la prestación de labores mediante el teletrabajo.
El teletrabajo constituye una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y privadas.
Así, conforme a la guía, los empleadores y trabajadores están facultados para pactar el cambio de la modalidad de prestación de servicios, pasando de un trabajo con presencia física en la empresa a un esquema de teletrabajo- laborar externamente o en casa.
La aplicación del teletrabajo deberá acordarse por escrito entre las partes, pudiendo constar el acuerdo en un documento virtual como el que se propone en la guía.
Además, este pacto tendrá alcance temporal y renovable, mientras exista el riesgo de contagio, al término del cual el trabajador deberá retornar al centro de labores, según indica un informe jurídico de Miranda & Amado.
Más información: Resolución Ministerial N° 055-2020-TR.