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Tarjetas de crédito:Sepa en qué casos le deben devolver su dinero

Las operaciones no reconocidas por los clientes pueden ser reparadas por las entidades financieras.

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11/01/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

El uso de las tarjetas de crédito tiende a aumentar en temporada de verano, sin embargo, se pueden registrar operaciones bancarias que los clientes no reconocen haber realizado, de manera que la responsabilidad puede recaer sobre el banco. En ese sentido, Julio Rasmussen, gerente de división de Productos Banca Personas y Microfinanzas del Banco Pichincha, dio a conocer ocho casos en los que los bancos deben asumir los costos.

1.- Tras anular su tarjeta. Si se realizan operaciones luego de que la entidad financiera fuera notificada del extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la tarjeta, o de la información que contiene, el banco debe devolver los montos a sus clientes.

2.- No hay servicio. Si le sustrajeron las tarjetas, llamó para cancelarla pero el área de servicio al cliente no contestó, este caso también califica para una devolución. Esto se debe a que las empresas bancarias deben poseer la infraestructura y sistemas de atención las 24 horas del día, todos los días del año, (propias o terceras) que permitan a los usuarios comunicar estos hechos.

3.- Clonación. Cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación, debe llamar a su banco y reportar el delito en cuanto se dé cuenta para que su tarjeta sea cancelada. Con esto evitará que los delincuentes realicen otros cargos.

4.- Canales defectuosos. Las entidades son responsables por los defectos de sus cajeros automáticos, canales online u otros sistemas puestos a disposición de los usuarios para efectuar operaciones. “En casos de anulación, las empresas comunican a los establecimientos afiliados la invalidez o sustitución de las tarjetas”, añadió el ejecutivo del Banco Pichincha.

5.- Cajeros manipulados. La devolución de dinero también aplica en caso los cajeros automáticos hayan sido manipulados con elementos puedan haber sido introducidos a sus ranuras, o en los ambientes en que estos operan. No importa si los cajeros automáticos están a nombre de la empresa titular u otra operadora.

6.- Suplantación. Cuando se haya producido la suplantación del usuario en oficinas, el dinero también puede ser devuelto. Es preciso recordar que a los delincuentes solo les basta contar con DNI falso para poder solicitar una tarjeta de crédito.

7.- Pagos menores. El retorno de dinero también aplica a las operaciones denominadas 'micropagos', las cuales son operaciones por montos pequeños que no exigen clave secreta u otro medio de autenticación del usuario que realiza el consumo. Estas operaciones han de haber sido pactadas con el titular a fin de establecer el monto máximo por operación.

8.- Vencimiento. Las operaciones realizadas luego de la cancelación de la tarjeta o cuando esta haya expirado, es motivo para que se califique como una operación no reconocida.

El dato

Si como usuario de la tarjeta no se encuentra conforme con los fundamentos efectuados por la empresa para no asumir responsabilidad por las operaciones realizadas, usted podrá presentar un reclamo o denuncia de acuerdo con lo establecido por el marco normativo vigente. Puede acudir a Indecopi y/o a la Defensoría del asegurado.