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Susana Villarán: “No estoy en una situación privilegiada. Vivo igual que las 182 prisioneras de mi pabellón”

Señaló ante sala de apelaciones que ve recurso para que sea excarcelada, que de llegar el COVID-19 al penal de Chorrillos, ella no podría no presentar síntomas
28-04-2020

Este martes, en el día 44 del estado de emergencia nacional, la Primera Sala Penal de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción evaluó la solicitud de la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, para ser excarcelada, debido a que se encuentra entre la población de riesgo que puede contraer coronavirus.

“Soy paciente de la Seguridad Social. Soy pensionista. Mis ingresos actuales equivalen a 1300 soles mensuales. De eso vivo. Es mi pensión vitalicia. El trabajo que tuve antes de venir a la cárcel, me remuneraba 2000 mil soles. Ya no tengo ese ingreso. Mis propiedades son compartidas con mis hermanos. Están embargadas también por la Procuraduría”, indicó Villarán, mediante una videoconferencia desde el penal de Anexo de Mujeres de Chorrillos.

La exalcaldesa aseveró que debido a lo indicado, no tiene los recursos económicos para pagar una caución. “Yo no tengo ese dinero, si es el dinero es que me va a mantener presa, en las condiciones en las que estoy, es su decisión”, señaló ante la sala de apelaciones.

Además, Villarán de la Puente apeló a su condición carcelaria y a sus enfermedades preexistentes (hipertensión y lupus) para insistir con su solicitud. “Yo no estoy en una situación privilegiada. Vivo igual que las 182 prisioneras de mi pabellón (...) Puedo estar muy mal y sin embargo, no presentar fiebre. Soy asintomática desde que nací (...) si aparece el COVID-19 en el penal se puede llevar la vida de cualquiera de las adultas mayores en una noche”, señaló.

Cabe recordar que a Susana Villarán se le imputa haber recibido aportes ilícitos de las empresas Odebrecht y OAS para sus campañas contra la revocatoria (2013) y de reelección (2014).

El tribunal presidido por el juez Ramiro Salinas dejó al voto su decisión y la notificará a las partes en el plazo de ley.