22/01/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) ha resuelto, a través de su Consejo Directivo, denegar la solicitud de licenciamiento institucional presentada por la Universidad Politécnica Amazónica (UPA), debido a que dicha casa de estudios no demostró el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria.
La UPA deberá cesar sus actividades en un plazo máximo de dos años, que empieza a contabilizarse a partir del próximo semestre académico. De inmediato, la casa de estudios queda impedida de recibir nuevos ingresantes, en cualquier modalidad de captación.
La UPA es una universidad privada de naturaleza societaria que funciona desde el 2012 en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. Actualmente, cuenta con 1520 estudiantes y ofrece los programas académicos de Contabilidad y Finanzas, Enfermería, Ingeniería de Sistemas y Telemática, Ingeniería Agronómica e Ingeniería Mecánica.
Durante el proceso de licenciamiento, la Superintendencia realizó observaciones que solo fueron recogidas parcialmente dentro del Plan de Adecuación propuesto por la UPA. Dicho plan no incluyó las actividades necesarias para levantar las observaciones y tampoco detalló adecuadamente el presupuesto necesario para implementarlo. Por ello, este fue desaprobado.
La evaluación realizada por la SUNEDU determinó que la UPA únicamente pudo aprobar dos de las siete Condiciones Básicas de Calidad que le aplicaban.
Ante esto, la denegatoria de licenciamiento trae como consecuencia para las instituciones educativas con licencia denegada el cese paulatino de las actividades académicas. La SUNEDU supervisará que se respeten los derechos del alumnado, así como la reglamentación vigente.
El incumplimiento de estas disposiciones podrá considerarse como infracción a la Ley Universitaria, con posibilidad de sanción. Las universidades con licencia denegada están obligadas a cumplir con el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado en los términos, plazos y condiciones establecidas.