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SJL: Vecinos salen a las calles pese a Estado de Emergencia

Calles concurridas, colas largas en las estaciones del tren eléctrico y hasta algunos restaurantes que intentaban abrir, es el panorama que se vive en esta comuna.

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15/04/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

No existe Estado de Emergencia. Ciudadanos del distrito de San Juan de Lurigancho, uno de los más grandes Lima, continúan saliendo de forma desordenada a pesar de que el día de ayer se decretara una multa las personas que incumplan el aislamiento y la inmovilización obgligatoria.

Entre diversas calles concurridas, colas largas en las estaciones del tren eléctrico y hasta algunos restaurantes que intentaban abrir, es el panorama que se vive en esta comuna. Por otro lado, la gran cantidad de vehículos de transporte público, taxi y transporte informal son los que se apoderan de las pistas de San de Juan de Lurigancho.

Después de que se fiscalizará y se sancionará a las personas que incumplan con las medidas restrictivas para frenar el avance del covid-10, los vecinos continúan paseando a sus perros, salen a correr, a hacer ejercicios e incluso a tomar aire.

En Puente Nuevo, en la entrada del distrito, si se ubica personal militar, sin embargo, conforme se va adentrando en la zona, la presencia de las autoridades es nula.

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MULTA

Las personas que incumplan las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorias dispuestas por el Gobierno recibirán multas que oscilarán entre los S/. 86 y los S/. 430 dependiendo de la gravedad de la falta cometida.

El decreto legislativo, aprobado por el Poder Ejecutivo para sancionar el incumplimiento de las medidas dispuestas para frenar el avance del Covid-19, precisa que los montos de las multas a aplicarse serán desde 2% de la UIT hasta el 10% de la UIT.

Serán consideradas infracciones pasibles de una multa el circular por la vía pública para desarrollar actividades económicas no consideradas esenciales, así como no contar con el respectivo pase personal laboral o movilizarse sin mascarilla.

También se sancionará por circular en un vehículo de uso particular sin autorización o desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales y religiosas de aglomeración.

Es importante destacar que también serán multadas aquellas personas que se movilicen en pareja o con más un miembro por familia para la adquisición de víveres o medicinas.

De igual manera, se multará por no respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formar aglomeraciones en los establecimientos y por rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía o de las Fuerzas Armadas.

Trámites civiles

El decreto establece que el infractor que no cumpla con el pago de la multa será impedido de realizar trámites civiles tales como la suscripción de cualquier tipo de contrato, trámites ante entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), y realizar viajes al exterior.

La norma otorga al Ministerio del Interior cinco días hábiles para aprobar el monto de las multas a imponer por cada infracción cometida, así como su tipificación, el proceso sancionador y los mecanismos para la ejecución coactiva de las multas impagas.

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