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Retiro de CTS: ¿Qué debo hacer si la empresa no cumplió en depositar mis fondos?

¡Atención, trabajador! En la siguiente nota te explicaremos qué hacer si la empresa donde laboras aún no ha depositado tu pago por la CTS.
Se promulgó la ley sobre retiro de la CTS. (ANDINA)
17-05-2024

El Gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley 32027, que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100% del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Ante ello, existe la duda de qué hacer si la empresa no cumple con depositar los fondos correspondientes a tu cuenta. A continuación te lo explicamos. 

¡Atención!

Para los peruanos, el retiro de la CTS tiene como objetivo cubrir las necesidades generadas por la actual crisis económica que atraviesa el país. 

Es por ello que, en diálogo con Exitosa, el experto en finanzas, Jorge Carrillo Acosta, explicó qué debes hacer si la empresa no cumplió con depositar dicho pago antes de la fecha estipulada

"¿Qué si voy a revisar mi plata y no la encuentro? Lo primero que debo hacer yo como colaborador, es acercarme a la empresa y comunicar que no se hizo el depósito (...), además pedir que se paguen los intereses que yo hubiera ganado desde el 15 de mayo", explicó a nuestro medio.

Además, precisó que si la empresa no se compromete a pagar a tiempo la CTS o simplemente decide no tomar en cuenta el pedido del trabajador, este tendrá que realizar una denuncia contra dicha organización, la cual podrá ser multada con hasta S/100,000, dependiendo de a cuántas personas se perjudicó. 

"Si la empresa no se compromete a pagarme a tiempo la CTS o simplemente, no me hace caso, pues yo ya fui a la primera instancia, (ahora) me voy a Sunafil, al Ministerio de Trabajo, y lamentablemente tendré que hacer una denuncia contra la empresa y para empezar será multada con hasta S/100,000", añadió. 

Hoy se promulgó ley

La normativa, que fue publicada en el Boletín de Normas Legales de diario El Peruano en las primeras horas de este viernes, cuenta con las firmas de la propia presidenta de la República, así como del premier Gustavo Adrianzén.

"Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100 % de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición", se lee en el mencionado documento.

De esta manera, se conoció qué hacer si la empresa donde trabajo no cumplió con depositar a tiempo el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). 

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