23/04/2024 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 27/04/2024
Tras la promulgación de la ley que autoriza el séptimo retiro de las AFP, han surgido muchas dudas entre los ciudadanos acerca del desembolso de hasta S/20.600, es decir, 4 unidades impositivas tributarias (UIT). Sin duda alguna, una de ellas es si los bancos podrán embargar el dinero retirado si uno posee una deuda, o en todo caso si pueden retener el retiro del monto máximo. En esta nota te explicamos más detalles sobre esta cuestión, que preocupa a muchos compatriotas.
¿El banco puede quedarse con mi dinero?
La ley N° 32002 autorizó el séptimo retiro extraordinario y facultativo de los fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP) para todos los afiliados, sin importar la edad y la cantidad de años de aporte.
En el artículo 3, titulado "Intangibilidad de fondos", se establece que el dinero retirado "no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados".
En otras palabras, en ningún contexto el banco podrá quedarse con el dinero que uno decida retirar de la AFP. Sin embargo, sí existe la posibilidad de que ocurra unaretencióndel dinero. ¿En qué situaciones?
¿En qué casos el banco puede retener el retiro AFP?
Tal como explica la normativa en el apartado 3.2., el único caso de excepción en el que un afiliado no podrá acceder al total del dinero de su AFP ocurre si este posee una deuda alimentaria, donde solo podrá retirar hasta un máximo de 30%.
"Lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado", se lee en el documento.
Las deudas alimentarias son aquellas deudas establecidas por resoluciones judiciales que aseguran la manutención de personas dependientes, como hijos o cónyuges.
¿Cuándo podré retirar mis ahorros de la AFP?
Cabe destacar que todavía no existe una fecha oficial para solicitar el retiro de los ahorros de la AFP, debido a que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) primero debe emitir el reglamento de la ley, en un plazo máximo de 15 días calendario desde la promulgación. En otras palabras, esto podría ser así hasta el 3 de mayo.
Una vez publicado el reglamento, cada AFP —que puede ser Habitat, Prima, Integra o Profuturo— deberá emitir su propia cronograma, donde se indique las fechas de solicitudes y de los pagos en que se haría efectivo el retiro.
De esta manera, la ley que autoriza el séptimo retiro de la AFP establece que solo aquellas personas con deudas alimentarias podrán acceder al 30% de su fondos del Sistema Privado de Pensiones.