14/03/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
Ante la emisión del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA donde se declara en emergencia sanitaria al país por el brote del coronavirus COVID-19, la Municipalidad de Puente Piedra, emitió una ordenanza que señala la suspensión de toda actividad comercial que aglomere público. Dicha medida estará vigente hasta el 31 de marzo.
Los giros afectados con esta regulación son los espectáculos artísticos, centros de recreación, conciertos, discotecas, video pubs, casas de juegos de azar, piscinas, bares, entre otros.
Asimismo, el Municipio de Puente Piedra informó que si no se acata dicha ordenanza la multa monetaria será de 4UIT.
Se debe tomar medidas preventivas teniendo en cuenta que este es un virus declarado pandemia global por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
“A nuestros vecinos, pedirles - como medida de prevención y mitigación del contagio - no acudir a zonas donde haya concentración pública como estadios, iglesias; entre otros y a seguir al pie de la letra las recomendaciones del Ministerio de Salud”, indicó el alcalde de Puente Piedra, Rennan Espinoza.