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Promulgan nueva ley ANTI VAPE: Conoce AQUÍ en qué espacios se prohíbe su consumo

Descubre aquí en qué espacios se encuentra restringido el consumo de tabaco, nicotina y sus derivados tras la promulgación de la nueva ley anti vape en el Perú.

Gobierno promulga nueva ley anti vape en Perú.
Gobierno promulga nueva ley anti vape en Perú. (Redacción Médica)

13/11/2024 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 13/11/2024

El Poder Ejecutivo promulgó el martes 12 de noviembre la nueva ley anti vape que regula el consumo de tabaco, nicotina y sus derivados. Conoce aquí para quiénes está prohibido y en qué espacios o establecimientos ya no se podrá usar.

¿Dónde estará prohibido fumar o vapear?

La nueva ley, oficializada este martes en el Diario Oficial El Peruano, responde a la creciente preocupación por los efectos nocivos de estos productos en la salud pública y busca proteger a los ciudadanos de las consecuencias graves de su consumo y exposición.

La Ley N.º 32159 establece medidas estrictas para restringir el acceso de los menores de edad al tabaco, nicotina y regular la publicidad vinculada al vapeo. Por ello, prohíbe fumar o vapear en establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias públicas, en los lugares de trabajo, en los espacios públicos cerrados y en cualquier medio de transporte público, los que son considerados ambientes 100 % libres de humo de tabaco.

"Se entiende por espacio público cerrado a todo lugar de acceso público que se encuentre cubierto por un techo y que tenga dos o más paredes, independientemente del material utilizado, de su extensión o altura, o de su carácter permanente o temporal", dice la norma.

Asimismo, indican que los espacios deberán contar con carteles visibles que indiquen la prohibición, reforzando el mensaje de ambientes libres de humo y emisiones de vapeo.

"Está prohibido fumar y vapear en este establecimiento por ser dañino para la salud. Este ambiente es cien por ciento libre de humo y emisiones de vapeo", debe ser el mensaje colocado en cada establecimiento público.

Ley busca proteger a menores de edad

La Ley N.º. 32159, precisa que los productos de tabaco, nicotina o sucedáneos de ambos que usen saborizantes o aromatizantes no deben utilizar nombres de golosinas o postres que sean atractivos para los menores de edad.

Además, prohíbe la entrega de productos promocionales, muestras o regalos de productos de tabaco, productos de nicotina, sucedáneos de ambos, sistemas electrónicos de administración de nicotina o similares sin nicotina o sus sucedáneos.

¿Cuáles son las otras restricciones de la Ley N.º 32159?

Entre otras de las indicaciones que se lee en la ley se encuentra la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio, directa e indirecta, de productos de tabaco, vapeo y sus sucedáneos, abarcando incluso medios transfronterizos

Además, los empaques de estos productos deberán incluir advertencias sobre los daños a la salud en un 70 % de su superficie principal, junto con la indicación explícita de que su venta está prohibida a menores de 18 años.

La normativa también prohíbe la impresión en las etiquetas, publicidad, marcas, slogan y en cualquier signo que acompañe al producto, de los términos 'ligero', 'ultraligero', 'suave', 'supersuave', 'light', 'ultra light', sinónimos u otros signos. La vigilancia y fiscalización del cumplimiento de esta ley estarán a cargo del Ministerio de Salud (Minsa), junto con gobiernos locales e Indecopi.

De esta manera, el martes, la presidenta Dina Boluarte promulgó una nueva ley que regula el consumo de tabaco, nicotina y sus derivados, con el objetivo de proteger la salud pública y reducir los riesgos asociados al consumo de estos productos a nivel nacional.

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