03/02/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
El Poder Ejecutivo aprobó ayer el Reglamento de la Ley N° 28970, ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam). Esta medida busca fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes, según se indica en la norma publicada en el diario oficial El Peruano.
Se trata del Decreto Supremo N° 008-2019-JUS, cuyo texto señala que el reglamento regulará la aplicación de la mencionada ley, así como las funciones y obligaciones que corresponden a las entidades públicas y privadas involucradas en el funcionamiento y eficacia del registro.
Así, se precisa que el requisito para estar inscrito en el Redam es adeudar por lo menos tres cuotas sucesivas o alternadas de sus obligaciones alimentarias en los casos de procesos con sentencia o acuerdo conciliatorio; o tres pensiones devengadas en el caso de procesos en trámite con mandato cautelar o en el proceso de ejecución de acuerdo conciliatorio.
Se detalla además que el Redam será administrado por el Poder Judicial. El registro electrónico contendrá información judicial sobre el deudor alimentario moroso y permitirá también obtener un certificado de registro positivo o negativo. La inscripción en esta lista se puede realizar de oficio o a pedido de parte. En el último caso se deberá llenar un formato y presentarlo en el juzgado que emitió la orden.
De otro lado, el deudor puede solicitar ante el juez la cancelación de su inscripción en el Redam, siempre y cuando acredite haber cumplido con el pago de las pensiones adeudadas.